POR LA CUAL SE ESTABLECE LOS TERMINOS OFICIALES DE REFERENCIA (TOR) PARA MEDIR EL IMPACTO AMBIENTAL DE LAS ESTACIONES DE ACUICULTURA.
VigenteRESOLUCION2009SECRETARIA DEL AMBIENTEPY/LEGI/0D8W
Impacto ambiental -- Establecimiento de los términos oficiales de referencia (TOR) para medir el impacto ambiental de las estaciones d
VISTO: La necesidad de ajustar el procedimiento vigente para contar con disposiciones que faciliten la aplicabilidad de los estudios ambientales en el marco de la Ley N° 3.556/08 de Pesca y Acuicultura, y, CONSIDERANDO: Que, en el Artículo N° 1° de la Ley N° 3.556/08 de Pesca y Acuicultura establece la regulación de la pesca y en consecuencia los principios y las normas de una pesca responsable. Que, el Art. 3 señala las disposiciones de ésta Ley son aplicables a la acuicultura y actividades conexas. Que, el Dictamen N° 47/09 de fecha 19 de enero de 2.009 de la Dirección de Asesoría Jurídica no pone reparos legales para la promulgación de la presente Resolución. Que, de conformidad al Art. 18° inc. g) de la Ley N° 1.561/00, es atribución del Secretario Ejecutivo dictar todas las resoluciones que sean necesarias para la consecución de los fines de la Secretaría, pudiendo establecer los reglamentos internos necesarios para su funcionamiento. Proyectadas POR TANTO, atento a las consideraciones que anteceden y a las disposiciones legales vigentes en la materia. EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DEL AMBIENTE RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°: Establecer la implementación de los Términos Oficiales de Referencia (TOR) que se encuentra en el anexo de la presente Resolución para toda actividad de Acuicultura/pesca y pago.
Art. 2
Art. 2°: Comunicar a quienes corresponda y una vez cumplida, archivar.
ABOG. JOSE LUIS CASACCIA.
Secretario Ejecutivo, Ministro.
ABOG. ANA MARIA MOREL SAMANIEGO
Secretario General
Art. 1
ANEXO
TERMINOS DE REFERENCIA
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUICULTURA
1. Introducción
Realizar una breve descripción de los principales componentes del proyecto propuesto y señalar la necesidad de creación.
Art. 3
3. Clasificación
Citar el tipo de explotación
Art. 4
4. Objetivos
Resumir el alcance general de la evaluación ambiental, relacionando además, Con la etapa preparación, diseño, ejecución y evaluación del proyecto.
Art. 5
5. Diagnostico del estado inicial del lugar
Análisis de los aspectos ambientales de las áreas de influencia Directa e Indirecta
Debe involucrar el medio físico, señalar especialmente los cursos de agua y el sector socio-económico.
Art. 6
6. Alcance de la obra
• Croquis de los estanques, toma de agua, circulación y salida
• Describir actividades agrícolas, forestales o ganaderas asociadas o lindantes con el establecimiento
• Etapa operativa del proyecto
• Construcción
• Mantenimiento de los estanques
• Alimentación y medidas sanitarias
• Descripción del curso de agua a utilizarse
• Listado de las especies de peces a cultivarse o que formen parte del emprendimiento.
• Croquis del establecimiento
• Prevención de escape de los peces
• Costos de producción
• Etapa de abandono
Art. 7
7. Determinación de los potenciales impactos
Identificación de los impactos causados por el establecimiento sobre el medio físico y socio-económico
Art. 8
8. Manejo de los residuos
Principales emisiones, descargas y residuos de! proyecto o actividad (identificación del residuo, volumen en el momento de biomasa máxima del año, manejo de los residuos y destino de los residuos generados, lugares de acumulación de residuos sólidos)
Art. 9
9. Plan de contingencias
Elaborar un Plan de contingencias por incendios, escape, inundaciones etc
Art. 10
10. Elaborar una Matriz de Leopold o similar
Obs.: El Estudio de Impacto Ambiental será entregado en dos ejemplares foliados y rubricado por el consultor, uno de ellos quedará en la Dirección de Pesca y Acuicultura.
El emprendimiento podrá ser fiscalizado por SEAM.