QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA EL INMUEBLE DE 224 Has. (DOSCIENTOS VEINTE Y CUATRO HECTAREAS), 462 Ms2. (CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS), CON 2.912 Cms2. (DOS MIL NOVECIENTOS DOCE CENTIMETROS CUADRADOS), UBICADO EN EL LUGAR DENOMINADO MARIA AUXILIADORA, DISTRITO DE YBY-YAU, DEPARTAMENTO CONCEPCION
VigenteLEY1993PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/05VW
Expropiación -- Inmueble de distrito de Yby-Yaú, Departamento Concepción, a nombre del Señor Gerardo Doflein, a favor del Instituto de
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONACON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º. - Declárase de interés social y exprópiase el inmueble de 224 ha (doscientos veinticuatro hectáreas), 462 m2 (cuatrocientos sesenta y dos metros cuadrados), con 2.912 cm2 (dos mil novecientos doce centímetros cuadrados), anotados como Finca Nº 1.266 en la Dirección General de los Registros Públicos del Distrito de Yby-Yaú, Departamento Concepción, a nombre del Señor Gerardo Doflein, a favor del Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.), para su posterior adjudicación a los miembros de la Comisión Vecinal del citado lugar, ocupantes del Inmueble.
Citado por
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Art. 2
Art. 2º.- Procédase a indemnizar al propietario de la fracción expropiada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 109 de la Constitución Nacional. El Instituto de Bienestar Rural (I.B.R.) y el propietario acordarán en un plazo de 90 (Noventa) días el precio de la Finca expropiada. En caso de no arribarse a un acuerdo en el citado plazo, las partes podrán recurrir a la Instancia Judicial para determinar el precio.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a tres días del mes de agosto del año un mil novecientos noventa y tres, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a nueve días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y tres.
Francisco José de Vargas - (Presidente, H. Cámara de Diputados)
Evelio Fernández Arévalos -(Presidente, H. Cámara de Senadores)
Juan José Vázquez Vázquez -(Secretario Parlamentario)
Diego Abente Brun.-(Secretario Parlamentario)
Asunción, 21 de diciembre de 1993.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Juan Carlos Wasmosy -(Presidente de la República)
Raúl Torres Segovia.-(Ministro de Agricultura y Ganadería)