ORDENANZA 91/2003 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2003/10/01 • PY/LEGI/05VV
VigenteORDENANZA2003JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/05VV
Municipalidad - Planos de construcción - Ampliación del plazo de presentación sin multa de las regularizaciones de planos de construcc
VISTO: El dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación a la minuta presentada por el Concejal Roberto Ferreira, a través de la cual hace referencia a la Ordenanza JM/Nº 34/02 de fecha 4 de setiembre del 2002, por la cual se establecía una prórroga de 360 días para la presentación sin multas de las regularizaciones de planos de construcción, y; CONSIDERANDO: Que, viendo la necesidad de establecer una ampliación del plazo para la presentación y regularización de planos de construcción dispuesto por la Ordenanza JM/Nº 193 de fecha 31 de octubre de 2001, con el objetivo de promover la regularización tributaria de los contribuyentes del Impuesto a la Construcción que se encuentran en infracción a las disposiciones de la Ley Nº 881/81, "QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN TRIBUTARIO". Que, la Ordenanza Nº 34 de fecha 4 de setiembre de 2002, en su Art. 1º modifica la Ordenanza JM/Nº 193 de fecha 31 de octubre de 2001, en el sentido de prórrogar por 360 días la presentación sin multas de las regularizaciones de planos de construcción y en las mismas condiciones de la Ordenanza JM/Nº 164/01. Que, teniendo en cuenta la difícil situación económica que atraviesa el país, motivo por el cual muchos de los contribuyentes no pueden acogerse a los beneficios de las prórrogas establecidas en las referidas ordenanzas, por lo que resulta necesario ampliar el plazo de presentación sin multa de la regularización de planos de construcción por 360 días. POR TANTO, LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1º. Ampliar por 360 (trescientos sesenta) días el plazo de presentación sin multa de las regularizaciones de planos de construcción, establecido en la Ordenanza JM/Nº 34/02 y en las mismas condiciones de la Ordenanza Nº 164/01.
Art. 2
Art. 2º. Solicitar al Ejecutivo Municipal, una amplia difusión de la ampliación del plazo referido a los gremios y organizaciones profesionales del ramo en particular, y la ciudadanía en general.
Art. 3
Art. 3º. Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los un día del mes de octubre del año dos mil tres.
Presidente: José María Oviedo V.
Secretario. Eugenio Salinas Romero.