RESOLUCION 174/1992 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 1992/12/16 • PY/LEGI/05VP
VigenteRESOLUCION1992SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/05VP
Impuesto al Valor Agregado - Ventas o Prestación de servicios - Decretos 13424/92 y 14002/92 - Actualización de montos y coeficientes.
VISTO: La facultad otorgada a la Administración por el artículo 7 del Decreto N° 13.424/92 y por el artículo 53 del Decreto N° 14.002/92, para actualizar anualmente el monto de las ventas o prestación de servicios por encima del cual se debe efectuar la retención prevista en las referidas disposiciones. Que el Banco Central del Paraguay ha informado el porcentaje de variación del índice de precios al consumo que se produjo en los doce meses anteriores al 1° de noviembre de 1992, y; CONSIDERANDO: Que es conveniente que el monto mínimo establecido en las mencionadas disposiciones acompañen la desvalorización del signo monetario. POR TANTO, EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1º - ACTUALIZACION - A los efectos de actualizar el monto establecido en el artículo 7 del Decreto 13.424/92 y en el artículo 53 del Decreto N° 14.002/92 se fija el coeficiente 1, 1616.
El monto de ventas o prestación de servicios que regirá a partir del 1° de enero de 1.993 para los artículos 7 y 53 mencionados será de Gs. 290.400.
Art. 2
Art. 2° - Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.
DR. RUBEN RAMON LOVERA - Sub Secretario de Estado de Tributación