ACTA 103/2004 • BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIO (B.C.P. - Directorio) • 2004/11/18 • PY/LEGI/05VM
VigenteACTA2004BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIOPY/LEGI/05VM
Tasa de interés - Modificación temporal del límite de las tasas de intereses pasivas - Sin efecto, hasta el 31 de diciembre del 2004,
VISTO: el numeral 10 de las Normas que reglamentan los incisos a), c), h) y j) del artículo 6º de la Ley Nº 2334/03, aprobada por Resolución Nº 6, Acta Nº 24, de fecha 15 de marzo de 2004 del Directorio de la Institución; el artículo 5º de la Ley Nº 489/95 «Orgánica del Banco Central del Paraguay»; y, CONSIDERANDO: que las tasas de intereses se establecen libremente entre las partes, dentro de los límites legales establecidos en las leyes financieras y que dichos límites deben ser revisados periódicamente a fin de ajustarlos a la coyuntura del mercado financiero local e internacional, debiendo el Banco Central del Paraguay crear los incentivos necesarios para fomentar el ahorro interno. Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1º.- Dejar sin efecto, hasta el 31 de diciembre del 2004, los límites establecidos en los numerales 7, 8 y 9 de las Normas que reglamentan los incisos a), c), h) y j) del artículo 6º de la Ley Nº 2334/03, aprobado por Resolución Nº 6, Acta Nº 24, de fecha 15 de marzo de 2004 del Directorio de la Institución.
Art. 2
Art. 2º.- Comunicar a quienes corresponda y archivar.