POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACION DE SOLICITUD DE INCLUSION EN EL SISTEMA NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS (SINARH) DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y EXCEPCION AL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN PARA NOMBRAMIENTO TEMPORAL EN CARGOS TIPIFICADOS COMO DE CONFIANZA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA Y AL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL.
VigenteRESOLUCION2014SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICAPY/LEGI/0E5B
Concurso de oposición y antecedentes -- Establecimiento del procedimiento para la presentación de solicitud de inclusión en el Sistema
VISTOS: El Artículo 101 y 102 de la Constitución Nacional; El artículo 96 de la Ley N° 1.626/2.000 "De la Función Pública", que establece las atribuciones de la Secretaria de la Función Pública; La Ley N° 5.142/2.014 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2.014"; La Ley N° 4.394/2.011 "Que modifica y amplia el contenido de la Ley N° 109/1.991 que aprueba con modificaciones el Decreto Ley N° 15 del 8 de marzo de 1.990, que establece las funciones y Estructura Orgánica del Ministerio de Hacienda"; El Decreto N° 1.100/2.014 de fecha 13 de enero de 2.014, "Por el cual se reglamenta la Ley N° 5.142/2.014 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2.014 ". El Decreto N° 1.561/2.014 "Por el cual se modifican los artículos 105, 107, 116 y se dispone Normas Complementarias al Anexo a "Guía de Normas y Procesos del PGN 2.014" del Decreto N° 1.100/2.014, "Por el cual se reglamenta la Ley N° 5.142/2.014, "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2.014", CONSIDERANDO: Que, la Secretaria de la Función Pública es la Institución encargada de formular la política de recursos humanos del sector público, tomando en consideración los requerimientos de un mejor servicio, asi como de una gestión eficiente y transparente y asesorar a la Administración Central, entes descentralizados, gobiernos departamentales y municipales, acerca de la política sobre recursos humanos a ser implementada; Que, el Decreto N° 1.561/2.014 atribuye a la Secretaria de la Función Pública la misión de dictaminar de los pedidos de excepción a la realización de concurso de méritos para las nuevas contrataciones para su inclusión en el SINARH; Que, en el interés de que la falta de disponibilidad de categorías que corresponden a cargos de confianza en el Anexo del Personal de las Instituciones, no afecte de sobremanera las gestiones administrativas y operativas a las que están destinadas las acciones de los Organismos y Entidades del Estado; POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales, EL MINISTRO SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DELA FUNCION PUBLICA RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°.- Establecer el procedimiento para facilitar la presentación de pedidos de excepción al Concurso Público de Oposición y Concurso de Méritos para cargos tipificados como de confianza en la administración pública, para su inclusión en el SINARH, en cumplimiento del Decreto N° 1.561 de fecha 02 de mayo de 2.014.
Art. 2
Art. 2°.- Todos los expedientes ingresados ante la Secretaría de la Función Pública, así como sus anexos, planillas etc., deberán estar firmados obligatoriamente por la Máxima Autoridad Institucional de la cual depende el funcionario nombrado o contratado afectado, para solicitar la excepción al Concurso Público de Oposición y Concurso de Méritos para cargos tipificados como de confianza en la Administración Pública, siendo las Máximas Autoridades Instituciones firmantes, responsables penal y administrativamente por las declaraciones vertidas en las notas de solicitud y quedando a cargo de la Secretaria de la Función Pública arbitrar los medios necesarios para la verificación in situ en los casos que correspondiere.
Art. 3
Art. 3°.- En ¡as solicitudes presentadas se deberá fundamentar la causa por la que se requiere la contratación o el nombramiento sin concurso, indicando expresamente cuáles son los servicios prestados por la Institución que se verán afectados y las consecuencias que provocará la falta de recursos humanos especializados en dichas áreas, así como las siguientes documentaciones:
- Copia autenticada de Resolución por la cual se aprueba la estructura Orgánica de la Institución recurrente.
- Copia autenticada por Escribanía Pública de ¡a Cédula de Identidad vigente de la persona afectada.
- Constancia del Equipo Económico Nacional de autorización para la utilización de las vacancias, ya sea para contratación o nombramiento de personas según lo que dispone el Decreto N° 1.100/2.014 por el cual se reglamenta la Ley N° 5142/2.014 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2.014.
- Constancia de ser o no ser funcionario público expedido por la Secretaría de la Función Pública.
- Copia autenticada del Contrato de prestación de servicios, si lo hubiere, con las siguientes constancias: Objeto del Gasto de la remuneración devengada, categoría presupuestaria, sueldo o remuneración devengada, Vigencia del contrato.
- Declaración por parte de la Institución recurrente de la categoría y línea presupuestaria que se pretende asignar temporalmente para el ejercicio de un cargo tipificado como de confianza.
Art. 4
Art. 4°.- En caso de que los funcionarios posean otros vínculos con instituciones públicas, las notas de solicitud deberán estar acompañadas, además de los recaudos requeridos en el artículo anterior, de los Certificados de Trabajo Original Vigente expedido por el encargado responsable de la Unidad de Gestión y Desarrollo de las Personas (UGDP, Dirección de Recursos Humanos o similares) de las Instituciones Públicas en donde el funcionario o contratado se encuentra prestando servicios, procedimiento establecido en la Resolución SFP N° 13/2.014 "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUERIMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS EN LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA PARA LA INCLUSION EN LA TABLA DE EXCEPCION DE LA DOBLE REMUNERACION, A LOS FUNCIONARIOS PERMANENTES Y CONTRATADOS DEL SECTOR PUBLICO"
Art. 5
Art. 5°.- Así mismo las Instituciones solicitantes deberán explicitar el motivo por el cual no se lleva a cabo el concurso respectivo, y que avances y gestiones existen en la implementación de dichos concursos, para llevar a cabo el proceso de selección de los cargos en cuestión por el procedimiento para ello.
Art. 6
Art. 6°.- Comunicar a quienes corresponda, publicar la presente Resolución en el portal de internet de la Secretaria de la Función Pública www.sfp.gov.py y cumplido, archivar.
Humberto B. Peralta Beaufort
Ministro Secretario Ejecutivo
Secretaría de la Función Pública