RESOLUCION 2261/2011 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2011/03/17 • PY/LEGI/0BMH
VigenteRESOLUCION2011MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0BMH
Arancel de educación -- Establecimiento de los aranceles de las Instituciones Educativas Públicas, Privadas y Privadas Subvencionadas
VISTO: El Memorándum N° 752, de fecha 09 de marzo de 2011, presentado por el Economista José A. López Pistilli, Director General de Administración y Finanzas de este Ministerio, y; CONSIDERANDO: Que, a través del mismo solicita la aprobación de los aranceles de las instituciones educativas públicas, privadas y privadas subvencionadas de todo el país y la derogación de la Resolución N° 9300/2002 y sus modificaciones y la Resolución N° 658/2011; Que, la Ley N° 1264/98 "General de Educación" y el Decreto N° 1830/99 facultan al Ministerio de Educación y Cultura a establecer sus aranceles; El Memorándum N° 112/2011 y el Memorándum N° 113/2011, de fechas 3 de marzo de 2011 y 7 de marzo de 2011 respectivamente, del Econ. Héctor F. Rivarola, Jefe del Departamento de Aranceles de la Dirección Financiera, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas, a través de la cual solicita ajustes a la Resolución Ministerial N° 658/2011, a fin de aclarar algunos conceptos y remite además propuesta de actualización de Aranceles de la Escuela Nacional de Educación Física; Que, la Ley N° 4249/2011 "Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2011" dispone en el Artículo 63: "Las tasas, aranceles y otros ingresos no tributarios de carácter institucional cuyas disposiciones legales no contemplen monto de precios o un factor de ajuste monetario deberán ser asignados, actualizados, modificados, ampliados o incrementados hasta un máximo del porcentaje de variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC) fijado por el Banco Central del Paraguay (BCP) al cierre del ejercicio fiscal 2010. Esta medida se implementara por disposición de la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE)"-, Que, corresponde modificar la Resolución Ministerial citada más arriba, con la finalidad de garantizar su correcta aplicación y para los fines administrativos y presupuestarios pertinentes; Que, el Artículo 91 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación" establece: . .La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...". Por tanto, y en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRA SUSTITUTA DE EDUCACION Y CULTURA RESUELVE:
Art. 1
1°.- ESTABLECER los aranceles de las instituciones educativas públicas, privadas y privadas subvencionadas de todo el país, a ser percibidos por el Ministerio de Educación y Cultura, de conformidad al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Resolución. 2°.- EXONERAR del pago de aranceles a los alumnos/as que estén cumpliendo el Servicio Militar Obligatorio, no pertenecientes al CIMEFOR y/o a alumnos/as de instituciones educativas públicas, privadas y privadas subvencionadas que no cobran mensualidad o que cumplan una función social y/o a alumnos/as que acrediten su insolvencia para abonar los aranceles y sea debidamente corroborado con los informes pertinentes. La Dirección General de Administración y Finanzas dispondrá a través de una Resolución Interna de los mecanismos legales necesarios para acceder a la exoneración.
Art. 3
3°.- AUTORIZAR al Departamento de Aranceles, dependiente de la Dirección Financiera de la Dirección General de Administración y Finanzas a percibir los ingresos y depositarlos en las cuentas habilitadas para el efecto según lo establecido en la Ley N° 1535/99 "De Administración Financiera del Estado".
Art. 4
4°.- AUTORIZAR a las Coordinaciones Departamentales de Supervisiones a percibir los ingresos por servicios prestados a las instituciones educativas públicas, privadas y privadas subvencionadas, mencionadas en el apartado Io de la presente Resolución y depositarlos en las cuentas habilitadas para el efecto, de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 1535/99 "De Administración Financiera del Estado".
Art. 5
5°.- ENCARGAR a la Dirección Financiera dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas de este Ministerio la elaboración de un Manual de Instrucciones de Recursos Institucionales.
Art. 6
6°.- DISPONER que la Dirección General de Auditoría Interna de este Ministerio, realice el control y la fiscalización de la correcta aplicación de la presente Resolución.
Art. 7
7°.- DEJAR sin efecto la Resolución N° 9300/2002 y sus modificaciones y la
Resolución N° 658/2011.
Art. 8
8°.- COMUNICAR y archivar.
Licenciada Diana Carolina Serafini Fernandez
MINISTRA SUSTITUTA
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