POR LA CUAL SE AUTORIZA A LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DE ESTE MINISTERIO, A PROCEDER A LA OBLIGACION CONTABLE DE LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DEL OBJETO DEL GASTO 894 "OTRAS TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO", EN CONCEPTO DE TRANSFERENCIA A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL NIVEL MEDIO, EN EL MARCO DE LA GRATUIDAD DE LA EDUCACION MEDIA, CORRESPONDIENTE AL MES DE SETIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0DPM
Educación -- Autorización a la Dirección General de Administración y Finanzas para proceder a la obligación contable de la disponibili
VISTA: La Nota N° 114 de fecha 17 de setiembre de 2013, presentada por la señora Mirna Beatriz Vera Notario, Directora General de Administración y Finanzas de este Ministerio, y; CONSIDERANDO: Que, a través de la misma remite el proyecto de Resolución, "Por la cual se autoriza a la Dirección General de Administración y Finanzas de este Ministerio, proceder a la obligación contable de la disponibilidad presupuestaria del Objeto del Gasto 894 "Otras Transferencias al Sector Público", correspondiente al mes de setiembre del corriente año". El Memorándum N° 31 de fecha 16 de setiembre de 2013, remitido por el señor José Domingo Martínez Medina, Jefe del Departamento de Transferencia de Recursos, por el cual solicita proyecto de Resolución que autorice la obligación contable del Objeto del Gasto 894 "Otras transferencias al sector publico", correspondiente al mes de setiembre del corriente año, cuyo monto es de Gs. 5.719.442.700 (Guaraníes Cinco Mil Setecientos Diecinueve Millones Cuatrocientos Cuarenta y Dos Mil Setecientos); Que, la Ley N° 1535/99 "De Administración Financiera del Estado" en su Artículo 11 establece: "Clasificador Presupuestario de Ingresos y Gastos. El clasificador presupuestario de ingresos, gastos y financiamiento, es un instrumento metodológico que permite la uniformidad, el ordenamiento y la interrelación de la información sobre los organismos y entidades del Estado, relativa a sus finalidades y funciones, así como de los ingresos y gastos, que serán previstos en el Presupuesto General de la Nación, considerando toda la gama posible de operaciones. El clasificador presupuestario servirá para uniformar las transacciones financieras y facilitar el análisis de la política fiscal, así como la ejecución, modificación, control y evaluación del Presupuesto. Al sancionarse la Ley del Presupuesto General de la Nación también se aprobará como anexo el clasificador presupuestario que regirá durante el correspondiente ejercicio fiscal.."; La naturaleza del gasto descrito en el Clasificador Presupuestario para el Objeto del Gasto 894 "Otras transferencias al sector publico" que establece: "Otras transferencias no consolidables, que realizan los organismos y entidades del Estado para la atención de los gastos de capital..."; Que, el Artículo 18 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación", establece: "...Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura...", concordante con su Artículo 91 que dice: "...La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...". Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales; LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA RESUELVE:
Art. 1
1°.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración y Finanzas de este Ministerio, a proceder a la obligación contable de la disponibilidad presupuestaria del Objeto del Gasto 894 "Otras transferencias al sector público", en concepto de transferencia a las instituciones educativas del Nivel Medio, en el marco de la Gratuidad de la Educación Media, correspondiente al mes de setiembre del corriente año; cuyo monto asciende la suma de Gs. 5.719.442.700 (Guaraníes Cinco Mil Setecientos Diecinueve Millones Cuatrocientos Cuarenta y Dos Mil Setecientos).
Art. 2
2°.- IMPUTAR la erogación autorizada en el apartado anterior, en el Objeto del Gasto 894 "Otras transferencias al sector público", dentro del presupuesto del Ejercicio Fiscal 2013 del Ministerio de Educación y Cultura.
Art. 3
3°.- COMUNICAR y archivar.
Marta Lafuente
MINISTRA