POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL LA RESOLUCIÓN DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR Nº 22/2003, «TRATAMIENTO ADUANERO APLICADO AL INGRESO Y CIRCULACIÓN EN LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR DE BIENES DESTINADOS A LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA INTERCOMPARACIÓN DE PATRONES METROLÓGICOS, APROBADOS POR LOS ORGANISMOS COMPETENTES».
VigenteDECRETO2022MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/DKR729
Mercosur -- Incorporación al ordenamiento jurídico nacional la Resolución Nº 22/03 del Grupo Mercado Común del Mercosur.
Visto: La presentación realizada por el Ministerio de Hacienda, individualizada como expediente SIME M.H. N° 92.537/2022, a través de la cual se solicita la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución del Grupo Mercado Común del Mercosur N° 22/2003. La Ley N° 109/1991 «Que aprueba con modificaciones el Decreto - Ley N° 15 de fecha 8 de marzo de 1990, “Que establece las funciones y estructura orgánica del Ministerio de Hacienda”», modificada y ampliada por la Ley N° 4394/2011. El «Tratado para la constitución de un Mercado Común entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay» (Tratado de Asunción), aprobado por Ley N° 9/1991, con instrumento de ratificación depositado el 6 de agosto de 1991. El «Protocolo de Adhesión de la República del Paraguay al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)» suscrito en Ginebra, Suiza, el 1 de julio de 1993, aprobado por Ley N° 260/1993, con instrumento de ratificación depositado el 7 de diciembre de 1993. El «Acta Final de la Ronda de Uruguay del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)», aprobada por Ley N° 444/1994, con instrumento de ratificación depositado el 30 de noviembre de 1994. El «Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la estructura institucional del Mercosur - Protocolo de Ouro Preto», aprobado por Ley N° 596/1995, con instrumento de ratificación depositado el 12 de setiembre de 1995. La Ley N° 2422/2004, «Código Aduanero». La Ley N° 2575/2005 «De Reforma de la Carta Orgánica del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)». La Resolución del Grupo Mercado Común del Mercosur N° 22/2003 «Tratamiento Aduanero Aplicado al Ingreso y Circulación en los Estados Partes del Mercosur de Bienes Destinados a las Actividades Relacionadas con la Intercomparación de Patrones Metrológicos, Aprobados por los Organismos Competentes». La Minuta N° 5/2022, aprobada por la Sección Nacional del Grupo Mercado Común del Mercosur; y Considerando: Que la República del Paraguay es Estado Parte del Mercado Común del Sur (Mercosur). Que el artículo 1° de la Ley N° 2422/2004 establece que la Dirección Nacional de Aduanas es la institución encargada de aplicar la legislación aduanera, recaudar los tributos a la importación y a la exportación, fiscalizar el tráfico de mercaderías por las fronteras y aeropuertos del país, ejercer sus atribuciones en zona primaria y realizar las tareas de represión del contrabando en zona secundaria. Que el artículo 2° de la Ley N° 2422/2004 establece que la Dirección Nacional de Aduanas es un órgano del Estado, de carácter autónomo e investido de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, que se relaciona con el Poder Ejecutivo a través de la máxima autoridad del Ministerio de Hacienda. Que el artículo 3° de la Ley N° 2575/2005 designa como organismo competente al Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) para proponer, dirigir y ejecutar, acorde a la política internacional, la política nacional de Metrología, de acuerdo con la Ley que esté vigente sobre la materia y su respectiva reglamentación. Que la Sección Nacional del Grupo Mercado Común del Mercosur, en su reunión del 22 de abril de 2022, aprobó el proyecto del presente decreto, según Minuta N° 5/2022. Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido favorablemente en los términos del dictamen N° 521 de fecha 24 de junio de 2022. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°.- Incorporase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común del Mercosur N° 22/2003, «Tratamiento Aduanero Aplicado al Ingreso y Circulación en los Estados Partes del Mercosur de Bienes Destinados a las Actividades Relacionadas con la Intercomparación de Patrones Metrológicos, aprobados por los Organismos Competentes», cuyo texto forma parte, como anexo de este decreto.
Art. 2
Art. 2°.- Encargase a la Dirección Nacional de Aduanas, así corno las demás reparticiones públicas vinculadas a los temas reglamentados en el presente decreto, a dar cumplimiento a lo establecido en el mismo.
Art. 3
Art. 3°.- El presente decreto será refrendado por los Ministros de Hacienda, de Relaciones Exteriores y de Industria y Comercio.
Art. 4
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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