QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 130 Y 131 DE LA LEY N° 2344/03, “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004”.
VigenteLEY2004PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/07YY
Presupuesto General de la Nación - Beneficios económicos acordados a los Veteranos de la Guerra del Chaco - Modificación de los arts.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
ARTICULO 1º.- Modifícanse los Artículos 130 y 131 de la Ley N° 2344/03, que quedan redactados como sigue:
«Art. 130.- Los beneficios económicos acordados a los Veteranos de la Guerra del Chaco, sean pensiones, bonificaciones o gratificaciones, serán íntegramente transferibles a sus herederas viudas».
«Art. 131.- Fíjase en G. 1.000.000 (guaraníes un millón) mensuales, las pensiones de los Veteranos de la Guerra del Chaco, más una bonificación adicional de G. 300.000 (guaraníes trescientos mil) mensuales».
LEY 2344/2003 art. 130
LEY 2344/2003 art. 131
Art. 2
ARTICULO 2º.- Deróganse todas las disposiciones contrarias a la presente Ley y las que establecen menores beneficios económicos a los Veteranos de la Guerra del Chaco, así como a sus herederas viudas.
Art. 3
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.