ORDENANZA 458/2010 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2010/08/18 • PY/LEGI/05EG
VigenteORDENANZA2010JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/05EG
Intervención de municipalidad -- Modificación del Art. 33.3 "Jardín Botánico y Zoológico" de la Ordenanza Nº 383/09 "General de Tribut
VISTO: El dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación a los siguientes documentos: 1) Mensaje 217/10 S.G., a través del cual la Intendencia Municipal solicitaba la modificación de la Ordenanza Tributaria, en la parte concerniente al cobro de acceso al Museo de Historia Natural e Indigenista del Jardín Botánico y Zoológico; 2) Minuta ME/Nº 4.300/10 del Concejal Víctor Hugo Julio, en la que solicitaba la modificación de la Ordenanza Tributaria vigente, en la parte concerniente al cobro de acceso del Jardín Botánico y Zoológico; y 3) Minuta ME/Nº 4.283/10, del Concejal Hugo Ramírez, quien solicitaba la modificación de la Ordenanza Tributaria vigente, a los efectos de exonerar el cobro del canon por ingreso del público al Museo Natural e Indigenista del Jardín Botánico y Zoológico de Asunción; y, CONSIDERANDO: Que, según Nota Nº 32/2.010 de fecha 15 de febrero de 2010, el Director del Jardín Botánico y Zoológico de Asunción, solicita la modificación de la Ordenanza Tributaria Nº 383/09, en lo referente al cobro de acceso al museo, manifestando que según conversaciones y negociaciones con la ASUCOP, FEDEM y Asociación de Vendedores que trabajan en el Jardín Botánico, estos manifestaron estar de acuerdo en solicitar la suspensión del cobro de dicho canon, considerando que en años anteriores no estaba estipulado el cobro de acceso al museo. Que, por su parte, en la Minuta ME/Nº 4.283/10, el Concejal Hugo Ramírez, menciona que el museo es un importante punto dentro del Jardín Botánico y Zoológico que tiene por objetivo proveer y promover políticas de preservación, conservación y protección para las especies nativas y otras especies en extinción, así como expone artículos indígenas pertenecientes a diferentes familias lingüísticas lo que facilita la investigación de científicos y estudiantes para un enriquecimiento cultural, ambiental y social. Que, en cuanto al cobro de acceso al Jardín Botánico y Zoológico respectivamente, según Minuta ME/Nº 4.300, el Concejal Víctor Hugo Julio, manifiesta que muchos de los visitantes son familias humildes que no están en condiciones de pagar dichas sumas, teniendo en cuenta la difícil situación económica. Asimismo, en época de clases varios son los estudiantes que asisten a este lugar para realizar algunas investigaciones para sus respectivos colegios, razón por la cual es necesaria la modificación de los cánones de acceso para facilitar el ingreso a muchas personas. Por tanto; LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCION, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Art. 1º.- MODIFICAR el Art. 33.3 "Jardín Botánico y Zoológico" de la Ordenanza Nº 383/09 "General de Tributos Municipales para el año 2010", debiendo quedar establecido de la siguiente forma, en los siguientes incisos:
[imagen]
Art. 2
Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil diez.
Abog. JOSE MARIA OVIEDO V.
Secretario General
Ing. Agr. HUGO RAMIREZ IBARRA
Presidente