QUE ESTABLECE LA NUEVA SEDE Y DOMICILIO DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES), EL TRASLADO DE SUS DEPENDENCIAS Y LAS INSTALACIÓN DE LA MESA DE LA ENTRADA CENTRAL.
VigenteRESOLUCION2020CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION SUPERIORPY/LEGI/03AFHL
Educación superior -- Establecimiento de la nueva sede y domicilio del CONES, traslado de sus dependencias e instalación de la mesa de la entrada central.
Vista: La normativa prevista en el inciso p) del Artículo 9° de la Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior” que expresa: “Son funciones del Consejo Nacional de Educación Superior”: p) “Dictar su reglamento de organización interna y funcionamiento, así como aquellas reglamentaciones que sean necesarias para el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley”, e igualmente las indicadas en los artículos 9° y 10° del Reglamento Interno del CONES, y; Considerando: Que, teniendo en cuenta que el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CONES) ha trasladado sus sedes administrativas a sus nueva infraestructura edilicia con domicilio en calle Cerro Cora N° 1038 entre EE.UU y Brasil (Asunción) donde actualmente se halla establecido el domicilio real del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), así como sus dependencias administrativas y sus mesas de entrada respectivamente. Por tanto, el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), en su sesión plenaria ordinaria de fecha 26 de noviembre de 2020, por unanimidad de sus miembros presentes; Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Establecer a partir de la fecha de la presente Resolución el nuevo domicilio del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES) en Cerro Cora N° 1038 entre Estados Unidos y Brasil (Asunción), en donde se hallan instaladas y operativas todas sus dependencias administrativas, incluyendo la mesa de entrada central.
Art. 2
Art. 2°.- Encomendar a las instancias respectivas la comunicación y socialización de la presente Resolución a las entidades públicas y privadas sujetas y vinculadas a la Ley N° 4995/2013 “De Educación Superior” dando amplia y pública difusión de la misma.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.