ISTMO COMPAÑÍA DE REASEGUROS, INC - BAJA DEL REGISTRO PÚBLICO DE EMPRESAS REASEGURADORAS DEL EXTERIOR
VigenteRESOLUCION2017BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/0FTU
Registro Público -- Baja de una empresa del Registro Público de Empresas Reaseguradoras del Exterior.
Visto: La calificación internacional emitida por la Standard & Poor's sobre la firma ISTMO Compañía de Reaseguros, INC, de Panamá, las disposiciones que informan los Arts. 1º, 56°, 95°, 125° y concordantes de la Ley N° 827/96 de Seguros; la Resolución SS.SG. N° 013/10 de fecha 9 de febrero de 2010 de la Superintendencia de Seguros, el Informe SS.ICORAS.DOR Nº 055/17 de fecha 03 de marzo de 2017, de la Intendencia de Control de Operaciones de Reaseguros y de Auxiliares de Seguros; y, Considerando: Que, en la República del Paraguay el ejercicio de la actividad reaseguradora en cualquier lugar del territorio está sometido al régimen de la Ley 827/96 de Seguros y al control de la autoridad creada por ella, según dispone el Artículo 1º de la mencionada normativa. Que, el Artículo 56° de la Ley 827/96 de Seguros establece que la Autoridad de Control de todos los entes de reaseguros es la Superintendencia de Seguros y el Artículo 95° ordena que todos los contratos de reaseguros que celebren las empresas de seguros deben registrarse por ante la Autoridad de Control, la cual debe controlar la idoneidad y solvencia de las reaseguradoras y llevar un registro de las mismas, incluso de las del exterior que operen en el país. Que, el comercio de reasegurar riesgos a base de primas sólo podrán hacerlo las empresas autorizadas conforme a la Ley 827/96 de Seguros, según ordena el artículo 125°. Que, la actividad reaseguradora es privativa de los sujetos autorizados por la Superintendencia de Seguros, de conformidad a lo establecido en las mencionadas normas. Que, de acuerdo al Informe SS.ICORAS.DOR Nº 055/17 de fecha 03 de marzo de 2017, de la Intendencia de Control de Operaciones de Reaseguros y de Auxiliares de Seguros, la empresa ISTMO Compañía de Reaseguros, INC, de Panamá, con Código SIS N° 349, no reúne los requisitos exigidos por las normas que regulan el rubro de reaseguros, para su permanencia en el Registro de Empresas Reaseguradoras del Exterior. Por tanto, en uso de sus atribuciones; El Superintendente de Seguros Resuelve:
Art. 1
1º) Dar de baja a la firma ISTMO Compañía de Reaseguros, INC, de Panamá, con Código SIS N° 349, del Registro Público de Empresas Reaseguradoras del Exterior, a partir de la fecha.
Art. 2
2º) Comunicar, registrar y archivar.
Bernardo Navarro Amarilla
Superintendente de Seguros