POR EL CUAL SE DECLARA AREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO, LA RESERVA NATURAL DENOMINADA “EL CEIBO”
VigenteDECRETO2015MINISTERIO DEL INTERIORPY/LEGI/0EQF
Reserva natural -- Declaración de área silvestre protegida bajo dominio privado, la reserva natural denominada "El Ceibo".
VISTO: La solicitud de Declaratoria de Área Silvestre Protegida bajo Dominio Privado realizada por la Secretaría del Ambiente; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 26 de la Ley 352/1994, de Áreas Silvestres Protegidas establece: “La declaración de Área Silvestre Protegida bajo dominio privado se hará mediante Decreto del Poder Ejecutivo o Ley teniendo como requisito previo la fundamentación en una justificación técnica que contenga el diagnóstico general de las características particulares de los recursos biológicos, físicos y culturales existentes en el área y de su importancia para la conservación actual y futura de los ecosistemas, los procesos ecológicos y los recursos naturales”. Que por Resolución N° 958/2014 “Por la cual se aprueba la Justificación Técnica para la Creación de la Reserva Natural bajo Dominio Privado, Denominado “El Ceibo”. Que con dicha Resolución de la Secretaría del Ambiente, se ha dado cumplimiento al requisito para esta declaratoria prevista en la norma legal citada anteriormente. Que la Ley 1561/2000, “Que Crea el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente”, en el Artículo 14, Inciso k), establece que la Secretaría del Ambiente adquiere el carácter de autoridad de aplicación de la Ley N° 352/1994, “De Áreas Silvestres Protegidas”, y sustituye por tanto a la Dirección de Parques Nacionales y Vida Silvestre en tal sentido. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Art. 1°.- Declárase como Área Silvestre Protegida, bajo Dominio Privado, a la Reserva Natural denominada “El Ceibo”, ubicada en el Departamento de Alto Paraguay, Distrito de Bahía Negra, inscripta en el Registro de la Propiedad, bajo seis fincas individualizadas con los siguientes datos: Finca N°1, Matrícula R02-36 y Padrón N° 581; Finca N° 2, Matrícula 36RR02 y Padrón 425; Finca N° 3, Finca N° 19.161 y Padrón N° 1030; Finca N° 4, Finca N° 19.168 y Padrón N° 1032; Finca N° 5, Matrícula R02-303 y Padrón N° 1223 y la Finca N° 6, Matrícula R02-186 en el Departamento de Alto Paraguay, Distrito de Bahía Negra, inscriptos en el Registro General de la Propiedad, y que cuenta con una superficie de cinco mil ochocientos cuarenta y nueve hectáreas (5849 ha), dos mil novecientos setenta y cuatro metros (2974 m) y setecientos tres centímetros (703 cm), de acuerdo al siguiente polígono:
FINCA 1 - Matrícula 36RR02 y Padrón N° 425
Del deslinde de un área destinada para la Reserva Natural, de un inmueble perteneciente a la Agropecuaria “Ka’i Rague” S.A. ubicada en el lugar denominado San Gabriel Arcángel del Distrito de Fuerte Olimpo, departamento de Alto Paraguay e individualizado con la Matrícula 36RR02 y Padrón N° 425.
Superficie de la Reserva 36RR02: quinientos sesenta y siete hectáreas, mil trescientos veintiocho metros cuadrados y siete mil noventa y dos centímetros cuadrados (567 ha 1328 m2 7092cm2).
RESERVA NATURAL 36RR02
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
1-2 — N-89°16’00”-E — 951.70
2-3 — S-01°33’58”-E — 447.85
3-4 — N-89°59’50”-E — 6804.57
4-5 — N-00°03’33”-W — 534.61
5-6 — N-89°16’00”-E — 183.49
6-7 — S-00°44’00”-E — 1258.16
7-8 — S-89°16’00”-W — 170.76
8-9 — N-00°09’43”-W — 132.66
9-10 — N-89°20’02”-W — 5078.26
10-11 — S-00°26’57”-E — 256.69
11-A — S-89°16’00”-W — 2704.55
A-1 — N-00°44’00”-W — 1258.16
Superficie total de la Reserva 567 has 1328 m2 7092cm2
Art. 1
1-2 — N-89°16’00”-E — 348.22
2-3 — S-00°57’26”-E — 2906.69
3-4 — N-90°00’00”-E — 5729.26
4-5 — N-00°00’00”-E — 2980.23
5-6 — N-89°16’00”-E — 678.49
6-7 — S-00°44’00”-E — 2704.24
7-8 — S-89°16’00”-W — 500.00
8-9 — S-00°44’00”-E — 3422.24
9-10 — S-89°16’00”-W — 6805.00
10-1 — N-00°44’00”-W — 6129.48
Superficie: 2306 ha 4983 m2 392 cm2
FINCA 4 - Matrícula N° R02-162 y Padrón N° 542.
Del área destinada a la Reserva Natural en un terreno perteneciente a la Agropecuaria “Ka’i Rague” S.A. ubicado en el Distrito de Fuerte Olimpo (Chaco), en el lugar denominado Colonia San Gabriel Arcángel e individualizado con la Matrícula N° R02-162 y Padrón N° 542.
Superficie total de la Reserva Natural: quinientos setenta y nueve hectáreas, siete mil novecientos treinta y cuatro metros cuadrados, tres mil ochocientos tres centímetros cuadrados (579 ha 7934 m2 3803 cm2).
RESERVA NATURAL MAT. R02-162
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
01-02 — N-89°16’07”-E — 9305.00
02-03 — S-00°44’00”-E — 1907.12
03-04 — S-89°16’00”-W — 2280.21
04-05 — N-00°40’06”-E — 1755.76
05-06 — S-89°50’23”-W — 6695.60
06-07 — S-00°24’20”-E — 1822.24
07-08 — S-89°16’00”-W — 362.04
08-01 — N-00°44’00”-E — 1907.12
Superficie 579 ha 7934 m2 3803 cm2
GEORREFERENCIAS EN UTM
Punto 01: X – 330101.91; Y – 7810957.72
Punto 02: X – 339406.15; Y – 7811076.81
FINCA 5 - Matrícula: R02-303 y Padrón N° 1223
Art. 2
Art. 2°.- Ordénase la inscripción de la presente Declaratoria en la Dirección General de los Registros Públicos, para lo cual se pondrá nota de la misma sobre la inscripción de la finca descripta en el Artículo 1° del presente Decreto.
Art. 3
Art. 3°.- Concédense los beneficios previstos en los Artículos 55, 56 y 57 de la Ley N° 352/1994, “De Áreas Silvestres Protegidas”, en la forma prevista en el Artículo 30 de la misma.
Art. 4
Art. 4°.- El propietario deberá, en un plazo no mayor de seis (6) meses, presentar el Plan de Manejo del Área, así como un plano del área donde se indiquen los puntos que cierran sus límites.
Art. 5
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Interior.
Art. 6
Art. 6°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
GEORREFERENCIAS EN UTM
Mojón A: X – 322181.70; Y – 7806078.85
Mojón 07: X – 330133.07; Y – 7806179.27
FINCA 2 - Matrícula N° 72RR01 y Padrón N° 1032.
Del área destinada a la Reserva Natural en un terreno perteneciente a la Agropecuaria “Ka’i Rague” S. A., ubicado en el Distrito de Fuerte Olimpo (Chaco), en el lugar denominado Colonia San Gabriel Arcángel e individualizado con la Matrícula N° 72RR01 y Padrón N° 1032.
Superficie total de la Reserva Natural: ochocientos sesenta y cinco hectáreas, dos mil cuatrocientos diecinueve metros cuadrados, cuatrocientos cincuenta y nueve centímetros cuadrados (865 ha 2419 m2 459 cm2).
RESERVA NARUTAL MAT. 72RR01
RESERVA I
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
4-02 — N-89°16’00”-E — 2289.11
2-A — S-00°44’00”-E — 3224.53
A-3 — S-89°16’00”-W — 2368.01
3-4 — N-00°04’06”-E — 3225.52
Superficie 750 ha 8544 m2 647 cm2
RESERVA NARUTAL MAT. 72RR01
RESERVA II
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
1-6 — N-89°16’00”-E — 359.96
6-5 — S-00°32’52”-E — 3224.57
5-B — S-89°16’00”-W — 349.52
B-1 — N-00°04’06”-E — 3224.53
Superficie 114 ha 3875 m2 3946 cm2
Superficie total de la Reserva 865 ha 2419 m2 459 cm2
GEORREFERENCIAS EN UTM
Punto B: X – 330172.24; Y – 780546.50
Punto A: X – 339476.48; Y – 7805581.60
FINCA 3 - Finca N° 19.161 y Padrón N° 1030
Del deslinde de un área destinada para la Reserva Natural, de un inmueble perteneciente a la Agropecuaria “Ka’i Rague” S. A. ubicado en el lugar denominado San Gabriel Arcángel del Distrito de Fuerte Olimpo, Departamento de Alto Paraguay, e individualizado como la Finca N° 19.161 y Padrón N° 1030.
Superficie de la Reserva Natural: dos mil trescientos seis hectáreas, cuatro mil novecientos ochenta y tres metros cuadrados, trescientos noventa y dos centímetros cuadrados (2306 ha 4983 m2 392 cm2).
GEORREFERENCIAS EN UTM
Mojón 5: X – 336569.94; Y – 7798260.91
Mojón 6: X – 330265.46; Y – 7798180.21
RESERVA NATURAL FINCA 19.161
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
Del deslinde de un área destinada para la Reserva Natural, de un inmueble perteneciente a la Agropecuaria “Ka’i Rague” S. A. ubicada en el lugar denominado San Gabriel Arcángel del Distrito de Fuerte Olimpo, Departamento de Alto Paraguay, e individualizado con la Matrícula: R02-303 y Padrón N° 1223.
Superficie total de la Reserva Natural: doscientos noventa y ocho hectáreas, tres mil doscientos un metros cuadrados, trescientos ochenta y cuatro centímetros cuadrados (298 ha 3201 m2 384 cm2).
GEORREFERENCIAS EN UTM
Mojón B: X – 330172.24; Y – 7805462.50
Mojón A: X – 339476.48; Y – 7805581.60
RESERVA NATURAL MAT. R02-303
RESERVA I
LINEA — RUMBO — DISTANCIA
10-A — N-89°16’00”-E — 3334.55
A-3 — S-00°44’00”-E — 860.42
3-4 — S-89°16’00”-W — 2500.00
4-5 — S-00°44’00”-E — 292.98
5-7 — S-89°16’00”-W — 678.49
7-8 — N-00°00’00”-E — 711.29
8-9 — N-88°05’41”-E — 791.13
9-10 — N-00°40’06”-E — 426.11
Superficie 258 ha 815 m2 9023 cm2
RESERVA NATURAL MAT. R02-303
RESERVA II
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
B-12 — N-89°16’00”-E — 394.52
12-11 — S-00°40’08”-E — 1153.40
11-6 — S-89°16’00”-W — 348.22
6-B — N-00°44’00”-W — 1153.40
Superficie 40 ha 2385 m2 4815 cm2
Superficie total de la Reserva 298 ha 3201 m2 384 cm2
FINCA 6 - Matrícula R02-36 y Padrón N° 581
Del deslinde de un área destinada para la Reserva Natural, de un inmueble perteneciente a José Roberto Puoli, ubicado en el lugar denominado San Gabriel Arcángel, del Distrito de Fuerte Olimpo, Departamento de Alto Paraguay e individualizado con la Matrícula R02-36 y Padrón N° 581
Superficie de la Reserva Natural: mil doscientos treinta y dos hectáreas, tres mil cientos siete metros cuadrados, ocho mil quinientos ochenta y cuatro centímetros cuadrados (1232 ha 3107 m2 8584 cm2).
GEORREFERENCIAS EN UTM
Mojón A: X – 322181.70; Y – 7806078.85
Mojón B: X – 330133.07; Y – 7806179.27
RESERVA NATURAL MAT. R02-36
LÍNEA — RUMBO — DISTANCIA
A-13 — N-89°16’00”-E — 2704.55
13-12 — S-00°26’57”-E — 2641.25
12-11 — S-85°30’36”-E — 338.13
11-10 — S-01°55’15”-E — 869.23
10-9 — S-89°28’12”-E — 4699.61
9-14 — N-00°09’43”-W — 3557.89
14-B — N-89°16’00”-E — 170.76
B-3 — S-00°44’00”-E — 4048.43
3-4 — S-89°16’00”-W — 5289.00
4-5 — N-00°44’00”-W — 823.54
5-6 — S-89°16’00”-W — 2663.00
6-A — N-00°44’00”-W — 3224.89
Superficie 1232 ha 3107 m2 8584 cm2