POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA NACIONAL DE INSTRUCCIÓN DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL (PNISAC), EN SU QUINTA EDICIÓN.
VigenteRESOLUCION2024DIRECCION NACIONAL DE AERONAUTICA CIVILPY/LEGI/Q5X7WH
Dirección Nacional de Aeronáutica Civil -- Programa Nacional de Instrucción de Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC) en su quinta edición.
Visto: Los Memorándums SAVSEC N° 32/2024 de la Subdirección de Seguridad de la Aviación Civil, GN-AVSEC N° 08/2024 de la Gerencia de Normas AVSEC, DC-AVSEC N° 05/2024 del Departamento de Certificaciones AVSEC y la providencia de la Dirección de Aeronáutica, (Expte. DINAC N° 210813), y, Considerando: Que, la Gerencia de Normas AVSEC, el Departamento de Certificaciones AVSEC y la Subdirección de Seguridad de la Aviación Civil remiten para su aprobación el PROGRAMA NACIONAL DE INSTRUCCION DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL - PNISAC, quinta edición, y que el mismo fue examinado y ajustado de acuerdo a requerimientos nacionales vigentes, como también a las Preguntas del Protocolo del Programa Universal OACI de Auditoria de Seguridad de la Aviación Civil (USAP), en su versión vigente. Que, la vigencia de dicho programa contribuirá a sostener el procedimiento de la capacitación en materia de seguridad de la aviación civil, lo que repercutirá en la correcta aplicación de los procedimientos de seguridad establecidos. Que, la actualización del PNISAC es fundamental para orientar la formación, capacitación y actualización del personal de seguridad y de todas las entidades responsables que componen la Seguridad Aeroportuaria, Operadores Aeroportuarios, Explotadores de Aeronaves, Empresas Proveedoras de Servicios Aeroportuarios, Empresa de Seguridad Privada, Agentes Acreditados, Expedidores Reconocidos, Fuerza Aérea Paraguaya, Policía Nacional, entre otros, que permitan lograr y mantener un nivel aceptable de eficacia en la aplicación de las medidas contempladas en el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil - PNSAG, y la prevención de actos de interferencia ilícita. Que, de la Dirección de Aeronáutica eleva el expediente para su consideración. Por tanto: De conformidad con las atribuciones conferidale por la Ley N° 73/90 “Carta Orgánica de la DINAC” y la Ley N° 2199/2003, “Que dispone la reorganización de los órganos colegiados encargados de la Dirección de Empresas y Entidades del Estado Paraguayo”. EL PRESIDENTE DE LA DIRECCION NACIONAL DE AERONAUTICA CIVIL Resuelve
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Programa Nacional de Instrucción de Seguridad de la Aviación Civil, Quinta Edición, en cumplimiento a los requerimientos normativos vigentes, que se anexa y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- La vigencia del Programa Nacional de Instrucción de Seguridad de la Aviación Civil, quinta edición, entrara a regir a partir de la fecha presente Resolución y tendrá una validez de 24 meses.
Art. 3
Art. 3°.- La Subdirección de Seguridad de la Aviación Civil controlara el plazo de vigencia del procedimiento aprobado, y se encargara de mantenerlo actualizado.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar a quienes corresponda, publicar en la Página Web de la DINAC, y cumplida, archivar.
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