RESOLUCION 1359/2009 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2009/07/20 • PY/LEGI/02NS
VigenteRESOLUCION2009MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/02NS
Educación -- Aprobación de la implementación del Himno Nacional Paraguayo en el lenguaje de señas en el Sistema Educativo Nacional, en
Visto: El Memorándum N° 212, de fecha 14 de julio de 2009, presentado por el Lic. César Martínez, Director General de Educación Inclusiva, dependiente del Viceministro de Educación para la Gestión Educativa, de esta Secretaría de Estado; y, Considerando: Que, a través del mismo, solicita la elaboración de resolución referente a la aprobación de la implementación del Himno Nacional Paraguayo en lenguaje de señas en el Sistema Educativo Nacional, en Instituciones Educativas de Gestión Oficial, Subvencionada y Privada; La Resolución Ministerial N° 43/09 "Por la cual se implementa el uso de la lenguaje de señas en el Sistema Educativo Nacional, en Instituciones Educativas Públicas, Subvencionada y Privada"; Que, la Constitución Nacional, en el Artículo 74 dice: "Se garantiza el derecho de aprender y la igualdad de oportunidad al acceso a los beneficios de la cultura humanística, sin discriminación alguna"; Que, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, en su Artículo 21 sobre la Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información, inciso b) "Aceptar y facilitar la utilización del lenguaje de señas, braille, modos, medios y formatos aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales"; y e) "Reconocer y promover la utilización de lenguajes de señas", y el Artículo 24, inciso b) "Facilitar el aprendizaje de la lenguaje de señas y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas"; Que la Ley N° 3540/08, en el Artículo 1 aprueba la "Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo de la Conversación sobre los derechos de las personas con discapacidad" Que, el Artículo 91 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación" establece: "La autoridad superior del ramo es el Ministro responsable de la organización y Funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...". Por tanto, y en uso de sus atribuciones; El Ministro de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
Art. 1°.- Aprobar la implementación del Himno Nacional Paraguayo en el lenguaje de señas en el Sistema Educativo Nacional en Instituciones Educativas de Gestión Oficial, Subvencionada y Privada.
Art. 2
Art. 2°.- Encargar a la Dirección General de Educación Inclusiva, dependiente del Viceministerio de Educación para la Gestión Educativa, de esta Secretaría de Estado, la difusión y asesoramiento de la implementación del Himno Nacional Paraguayo en el lenguaje de señas.
Art. 3
Art. 3°.- Comunicar y archivar.