RESOLUCION 1981/1999 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 1999/04/21 • PY/LEGI/0ANQ
VigenteRESOLUCION1999MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/0ANQ
Reforma Educativa - Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica - Competencias y Responsabilidades - Se deja sin efecto la
VISTA: La necesidad de definir las competencias de las Direcciones General de Educación y Escolar Básica y Educación Media y Técnica, en relación a la implementación del Plan Curricular de la Reforma Educativa en el 7º grado y del Plan vigente en el 2º y 3º cursos del Ciclo Básico; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Nacional establece que la organización del sistema educativo es responsabilidad esencial del Estado; Que, corresponden al Ministerio de Educación y Cultura la dirección, organización y control de las instituciones educativas del país; Que, el artículo 32 de la Ley Nº 1264/98 establece "La educación escolar básica comprende nueve grados y es obligatoria. Será gratuita en las escuelas públicas de gestión oficial, con la inclusión del preescolar"; Que, tradicionalmente la Educación Escolar Básica atendía del 1º al 6º grado; Que, la implementación curricular de la Reforma Educativa en el presente año lectivo llega al 7º grado de la Educación Escolar Básica y no afecta en manera alguna al 2º y 3º cursos; Que, actualmente es implementado el 2º y 3º curso del ciclo Básico del Nivel Medio del Plan vigente y afecta a una cantidad de instituciones y a la gestión de las Direcciones Generales de Educación Inicial y Escolar Básica y Educación Media y técnica, respectivamente. Por lo tanto, en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA RESUELVE:
Art. 1
1º.- Facultar a la Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica, a atender la organización administrativa e implementación curricular de los 7º grados habilitados en todas las instituciones educativas dependientes del Ministerio de Educación y Cultura y a asumir gradualmente las competencias y responsabilidades del 8º y 9º grados de la Reforma Educativa, en los años subsiguientes, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 1264/98, General de Educación.
Art. 2
2º.- Facultar a la Dirección General de Educación Media y Técnica a atender administrativa y pedagógicamente, todo lo referente a la implementación curricular del Plan vigente en el 2º y 3º cursos del Ciclo Básico.
Art. 3
3º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 68/99 y otras disposiciones contrarias a esta Resolución.
Art. 4
4º.- Comunicar y archivar.
Ministro.