RESOLUCION 69/2007 • DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS (D.N.A.) • 2007/02/22 • PY/LEGI/040T
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Aduana -- Establecimiento de oficinas de enlace para el análisis y la gestión de riesgos sobre operaciones de tránsito aduanero intern
Vistos: La Ley Nº 2422/05 - Código Aduanero, y el Decreto 4672/06, reglamentario del mismo; y, Considerando: La necesidad de dotar a las Delegaciones Aduaneras enclavadas en las ciudades de Buenos Aires (República Argentina) y de Montevideo (República Oriental del Uruguay), respectivamente, de Oficinas de Análisis de Riesgo sobre las operaciones de Tránsito Aduanero Internacional, y que deban relacionarse en cuanto al intercambio de informaciones de inteligencia ante las instituciones pares de la Dirección Nacional de Aduanas en el exterior. Que la instalación de las mencionadas oficinas es necesaria para la aplicación adecuada de los Controles Previos, previstos en el Plan Anual de Fiscalización de esta Dirección Nacional a la entrada de las mercancías a Territorio Aduanero Comunitario, y cuya organización funcional debe de estar enmarcada dentro de las recomendaciones del Capítulo 6° del Convenio de Kyoto. Que la Dirección Nacional de Aduanas, en la búsqueda permanente de la calidad total de los servicios que brinda, dentro del marco de la Certificación ISO 9001/2000, debe adoptar las medidas administrativas necesarias para el adecuado funcionamiento institucional. Por tanto: En mérito a las consideraciones expuestas y en uso de sus atribuciones. La Directora Nacional de Aduanas Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º - Establecer Oficinas de Análisis y Gestión de Riesgos sobre operaciones de Transito Aduanero Internacional, en las Delegaciones Aduaneras de las ciudades de Buenos Aires (República Argentina) y Montevideo (República Oriental del Uruguay), respectivamente.
Art. 2
Art. 2º - Designar al Sr. Wilfrido Ayala García en carácter de Funcionario de Enlace ante las Direcciones Nacionales de Aduanas de la República Oriental del Uruguay y de la República Argentina, respectivamente, quien estará encargado de realizar las gestiones que sean necesarias para la conformación y estructuración organizacional y funcional de las Oficinas respectivas, conformadas en el artículo anterior.
Art. 3
Art. 3º - Encargar a las Direcciones de Area, la provisión de todos los recaudos administrativos y financieros que demanden las tareas previstas en los Artículos precedentes de la presente Resolución.
Art. 4
Art. 4º - Comunicar a quienes corresponda y cumplida, archívese.