RESOLUCION 227/1993 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 1993/08/13 • PY/LEGI/06HY
VigenteRESOLUCION1993SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/06HY
Subsecretaría de Tributación -- Modificación de la Resolución 50/1992 -- Modificación del Art. 6.
VISTA: La presentación de las firmas importadoras de cigarrillos en la que solicita la modificación del plazo establecido en el art. 6º apartado b) de la Resolución Nº 50/92, y, CONSIDERANDO: Que el pedido formulado por los recurrentes es viable teniendo en cuenta el argumento por los mismos. Que atento al informe del Departamento de Control considerando atendibles las inquietudes planteadas por los importadores de que materialmente es imposible adherir los instrumentos de control en 7 días a los cigarrillos importados. El dictamen favorable de la Asesoría Jurídica de esta Sub Secretaría de Estado de Tributación, Nº 1.968/93. POR TANTO, EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1º - Modifíquese el Art. 6, apartado "B" de la Resolución Nº 50 de fecha 24 de junio de 1992, fijandose un plazo máximo de 22 (veintidós) días corridos para adherir los instrumentos de control a los cigarrillos importados contados a partir del retiro de los bienes de la Aduana.
Art. 2
Art. 2º - Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Dr. RUBEN RAMON LOVERA - SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION