RESOLUCION 7/1997 • BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIO (B.C.P. - Directorio) • 1997/08/26 • PY/LEGI/06H1
VigenteRESOLUCION1997BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIOPY/LEGI/06H1
Operaciones de cambio internacionales. Financieras. Autorización.
VISTOS: el artículo 73, Numeral 22 de la Ley N° 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito" del 24 de junio de 1996; la Ley N° 489 "Orgánica del Banco Central del Paraguay" del 29 de junio de 1995; la Resolución N° 2 Acta N° 97 del 20 de junio de 1995; los memorandos SB.IAFN.DCAF.N° 182, IAFN.DNP.N°s 269 y 1030 de la Superintendencia de Bancos de fechas 20 de febrero, 13 de marzo y 21 de agosto de 1997; el memorando y el informe DEMF N° 16 del Departamento de Estudios Monetarios y Financieros de fechas 20 y 21 de agosto de 1997; la providencia del Gerente de Estudios Económicos del 22 de agosto de 1997; y, CONSIDERANDO: Que es necesario establecer parámetros de prudencia dentro de los cuales se encauzarán las operaciones de cambios internacionales de las financieras. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE
Art. 1
Artículo 1° - Las financieras podrán realizar operaciones de cambios internacionales en el Mercado Libre de Cambios, previstas en la Ley N° 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito" del 24 de junio de 1996, artículo 73, numeral 22, conforme a las normas de esta Resolución y al artículo 47 y concordantes de la Ley N° 489 "Orgánica del Banco Central del Paraguay" del 29 de junio de 1995.
Art. 2
Art. 2° - Las operaciones de cambios internacionales que podrán efectuar las financieras serán aquellas autorizadas para las Casas de Cambios.
Art. 3
Art. 3° - Las financieras que desean efectuar las operaciones de cambios internacionales deberán contar con un Manual de procedimientos del área de Operaciones de cambio.
Art. 4
Art. 4° - La Superintendencia de Bancos fiscalizará el cumplimiento de ésta Resolución.
Art. 5
Art. 5° - Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
HERMES ANIBAL GOMEZ GINARD - PRESIDENTE
DONISIO CORONEL BENITEZ - ALVARO CABALLERO CARRISOZA - MIEMBROS
RAMON R. MARTINEZ ROLON - SECRETARIO DEL DIRECTORIO