RESOLUCION 1116/2005 • SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION (S.E.T.) • 2005/11/10 • PY/LEGI/01B0
VigenteRESOLUCION2005SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/01B0
Aduana -- Comercio exterior -- Ampliación transitoria de la Resolución 1021/2005 por la cual se reglamenta el Decreto 6406/2005 que es
VISTO: El Decreto 6.406/05 y la Resolución SET 1.021/05, y, CONSIDERANDO: Los distintos planteamientos efectuados por los sectores afectados por el Régimen Especifico previsto en el Decreto 6406/05 y visto la necesidad de facilitar el ingreso de los bienes que a la fecha dispuesta en la parte resolutiva que se menciona mas adelante se encuentran en recinto aduanero, hace necesaria la modificación transitoria de la Resolución 1.021/05 Que analizando el caso, el mismo no comprende los controles a los que tienen que ser sometidos los contribuyentes, dentro de los objetivos propuestos en el Régimen Especifico. POR TANTO: en uso de sus atribuciones, EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º.- Transitorio - Los contribuyentes inscriptos en el Registro Especial de la Dirección Nacional de Aduanas podrán adquirir bienes en el Recinto Aduanero de contribuyentes no inscriptos en dicho registro especial y liquidaran los tributos conforme al régimen previsto en el Decreto 6.406/2005 hasta el 30 de noviembre de 2.005, siempre y cuando los citados bienes hayan ingresado a recinto Aduanero antes del 13 de noviembre de 2.005.
Los bienes ingresados al recinto aduanero con posterioridad a la mencionada fecha se regirán conforme a lo establecido en el artículo 8º de la Resolución 1.021/2005.
Art. 2
Art. 2º.- Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.