POR LA CUAL SE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA VIAL, EN LOS BARRIOS SANTO TOMAS, CALLE ESTADOS UNIDOS Y CALLE KARANDAÝ: SANTA CRUZ, CALLE PANCHITO LÓPEZ Y SAN FRANCISCO Y SANTA MARÍA, CALLE YUGOSLAVIA, CALLE CHOFERES DEL CHACO Y LA CALLE 14 DE MAYO.
VigenteREGLAMENTO2025JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZOPY/LEGI/UOXHRN
Municipalidad -- Emergencia vial en varios barrios de San Lorenzo.
Visto: La Nota I.M.S.L. N° 51/2025 de la Intendencia Municipal, a través de la cual solicita dictar Resolución de “DECLARACIÓN DE EMERGENCIA VIAL”, en los siguientes barrios: - Barrio Santo Tomas, calle Estados Unidos y calle Karanda’y - Barrio Santa Cruz, calle Panchito López - Barrio San Francisco y Santa María, calle Yugoslavia, calle Choferes del Chaco y la calle 14 de Mayo. Considerando: Que, a través de la nota de referencia expresan cuanto sigue: Nuestra Institución se encuentra actualmente abocada al mejoramiento vial de nuestra ciudad. En este sentido estamos desarrollando un proyecto que contempla la reparación y optimización de diversas calles de San Lorenzo, con el fin de mejorar la infraestructura, asegurar la integridad de las personas en el tránsito, mejorando así la calidad de vida de nuestros ciudadanos. Que, considerando la magnitud e importancia de estos proyectos, solicitan el apoyo de este Órgano Legislativo a fin de dictar Resolución de Declaración de Emergencia Vial, en los barrios citados más arriba. Que, la Ley 3966/2010 “Orgánica Municipal”, CAPÍTULO II “De los Bienes del Dominio Público” Artículo 134 “Bienes del dominio público” establece “Son bienes del dominio público, los que en cada municipio están destinados al uso y goce de todos sus habitantes, tales como: a) las calles, avenidas, caminos, puentes, pasajes y demás vías de comunicación que no pertenezcan a otra administración;...”. Que, es función municipal, de conformidad a la Ley 3966/2010 “Orgánica Municipal”, en su artículo 12, numeral 2 “En materia de infraestructura pública y servicios, inciso a) la construcción, equipamiento, mantenimiento y ornato de la infraestructura pública del Municipio, incluyendo las calles, avenidas, parques, plazas, balnearios y demás lugares públicos…”. Que, el Dictamen N° 11/2025 de la Junta Municipal constituida en Comisión, fue aprobado por mayoría. Por tanto LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO Resuelve
Art. 1
Artículo 1°) Declarar Estado de Emergencia Vial, en los siguientes barrios:
- Barrio Santo Tomas, calle Estados Unidos y calle Karanda’y
- Barrio Santa Cruz, calle Panchito López
- Barrio San Francisco y Santa María, calle Yugoslavia, calle Choferes del Chaco y la calle 14 de Mayo.
Art. 2
Art. 2°) Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.