POR LA QUE SE AUTORIZA LA INCLUSIÓN DEL OBJETO DEL GASTO Nº 520 “CONSTRUCCIONES” AL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES (PAC) 2022, CORRESPONDIENTE A LOS CONTRATOS N° 131/2020, SUSCRITO CON LA FIRMA EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, Y N° 134/2020, SUSCRITO CON LA FIRMA SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 65/2019 “REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DEL IPS”.
VigenteRESOLUCION2022INSTITUTO DE PREVISION SOCIALPY/LEGI/Z3B1MF
Instituto de Previsión Social -- Inclusión del objeto del gasto Nº 520 “Construcciones” al Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022.
Vistos: El Expediente Digital identificado como CA/N° 1277/2022, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 05 de julio de 2022, el cual contiene la Providencia de la Gerencia de Abastecimiento y Logística, que remitió el Memorando DOP/COP/N° 245/2022, de fecha 29 de junio de 2022, de la Dirección Operativa de Contrataciones, por la que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, la solicitud de autorización de inclusión del Objeto del Gasto N° 520 “Construcciones”, al Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, correspondiente a los Contratos N° 131/2020, suscrito con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, y N° 134/2020, suscrito con la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional N° 65/2019 “REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DEL IPS”; El Expediente Digital identificado como CA/N° 1277/2022 - Anexo 1, recepcionado en la Secretaría del Consejo de Administración, en fecha 25 de julio de 2022, el cual contiene el Correo Electrónico de fecha 25 de julio de 2022, de la Gerencia de Abastecimiento y Logística, por el que se eleva a consideración de la Máxima Autoridad, el Informe solicitado a través de la Nota Interna CA/N° 038-0429/2022, de fecha 12 de julio de 2022, de la Secretaría del Consejo de Administración; y Considerando: Que, por Resolución C.A. N° 026-014/2020, de fecha 07 de abril de 2020, entre otras cosas, se adjudicó la Licitación Pública Nacional - SBE N° 65/2019 “REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DEL IPS”, a varias empresas, entre las cuales se adjudicaron los Lotes N° 5, N° 6 y N° 7, a la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, y el Lote N° 10, a la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., formalizándose a través de la suscripción de los Contratos N° 131/2020, con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, y N° 134/2020, con la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A.; Que, en efecto, la Cláusula Cuarta “IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO (Art. 37º Inc. a) de la Ley N° 2051/03), de los referidos Contratos estipula que el crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del contrato está previsto conforme a1 Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP), vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con ID N° 364.956; Que, conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) correspondiente al Nro. P.A.C. 364.956, difundido en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), se desprende que el Objeto de Gasto asignado para el llamado de referencia, el cual fue aprobado por Resolución C.A. N° 030-017/19, de 25 de junio de 2019, es el N° 242 “MANTENIMIENTO Y REPARACIONES MENORES DE EDIFICIOS Y LOCALES”, con fuente de financiación 30 (financiación propia);
Que, por Nota Interna DMT/MCM/NOT N° 13/2022, de fecha 09 de junio de 2022, el Departamento de Mantenimiento Área Central y Metropolitana, dependiente de la Dirección de Mantenimiento, en su carácter de Administrador de los Contratos N° 131/2020 y N° 134/2020, expuso cuanto sigue: “... a fin de remitir la solicitud de inclusión del O.G. 520 (...) El motivo de la utilización de Objeto de Gasto N° 520 obedece a la necesidad de modificar y ampliar espacios necesarios para readecuaciones que empezó a utilizarse en el periodo de la Pandemia COVID 19, motivo por el cual nos vimos en la necesidad y la urgencia de la readecuación v remodelación de los espacios de diferentes Establecimientos de Salud del Área Central y Metropolitana, para cumplir con las exigencias y normativas del Ministerio de Salud y Bienestar Social, y porque no decirlo en algunas dependencias del Área Administrativa, a fin de cumplir con el protocolo Covid. Estos trabajos no estaban previsto en el 2019, cuando fue elaborado este llamado a licitación de la LPN 65/19, motivo por el cual, en los años contiguos, y por las razones expuestas se tuvo que realizar las ampliaciones con el O.G. 520...”; Que, al respecto, es importante traer a colocación lo establecido por el Clasificador Presupuestario vigente en relación al Rubro 520, el cual dispone: “Construcciones nuevas y complementarias que impliquen aumento de valor. Comprenden la construcción de viviendas, edificios para oficinas, bodegas, edificaciones para hospitales, escuelas, embajadas, penitenciarías y la instalación de restauraciones, remodelaciones, ampliaciones, reconstrucciones y reparaciones mayores...”; Que, por Dictamen DIJ/DDC/N° 583/2022, de fecha 15 de junio de 2022, la Dirección Jurídica, dictaminó cuanto sigue: “...Cabe oportuno mencionar que la fuente de financiación del presente llamado se encuentra publicado con Fuente 30 y atendiendo que en esta ocasión no nos encontramos modificando la fuente de financiación, como así tampoco se estaría modificando una ampliación consideramos que no se estarían violentando ninguna norma de compras públicas como así también NO se estaría otorgando mejores condiciones para los contratistas adjudicados. Claramente, la modificación pretendida no se encuentra incurra dentro del grupo de modificaciones prohibidas por la Ley N° 2051/03, y tampoco configuraría el otorgamiento de condiciones más ventajosas para el proveedor, pues tanto las obligaciones y los derechos de este así conto los de la Contratante no serán alterados con tal modificación, teniendo en cuenta que únicamente se modificará el objeto de gasto al cual .será imputado, por consiguiente, no encontramos impedimentos legales para proceder a la inclusión del Objeto de Gasto, por consiguiente corresponde solicitar el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria con relación al Objeto de Gasto 520, elevar a consideración de la Máxima Autoridad, a fin de que conforme a las facultades otorgadas por la Carta Orgánica, .salvo mejor parecer, la inclusión del Objeto del Gasto para la ejecución del Contrato de referencia ”. Que, asimismo, a tenor del Dictamen referido ut supra, la Dirección Jurídica, realizó la siguiente conclusión: “Por tanto, en base a las normativas legales y reglamentarias citadas precedentemente, y al pedido efectuado por la Dirección de Mantenimiento, resultaría jurídicamente viable la inclusión del Objeto de Gasto 520 para la ejecución de los Contratos N° 131/20 suscripto con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA AZÜCAS y N° 134/20 suscripto con la SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A. ambos celebrados en el marco de la LPN 65-19 REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DFL IPS - ID N° 364.9d4, de conformidad a la justificación realizada por el área técnica...”,
Que, por Dictamen U.O.C. N° 40/2022, de fecha 29 de junio de 2022, la Unidad Operativa de Contrataciones, juntamente con la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, esgrimieron los motivos que avalan la necesidad de inclusión del Objeto del Gasto N° 520 “Construcciones” al Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, del llamado con ID N° 364.956, correspondiente a los Contratos N° 131/2020, suscripto con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, y N° 134/2020, suscripto con la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., dándose de esa forma cumplimiento al requerimiento legal establecido en el Art. 4º, última parte, de la Resolución DNCP N° 1806/2022, de fecha 31 de mayo de 2022 “POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL ART. 11 DEL DECRETO N° 2.992/19 Y EL INCISO B) DEL Art. 332 DEL DECRETO N° 6581/22”; Que, en lo concerniente a la normativa aplicable vigente en materia de modificaciones del Objeto de Gasto del P.A.C., se tiene a la Resolución DNCP N° 1806/2022, de fecha 31 de mayo de 2022, cuyo Art. 4° Incisos a) y d), preceptúan lo siguiente: “La convocante, excepcionalmente podrá solicitar la modificación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) con posterioridad a la suscripción del contrato en los siguientes casos: a) Llamados cuyos contratos hubieran sido suscritos antes del Ejercicio 2022 (...) d) Llamados en los que se detecte la necesidad de ajustar la asignación presupuestaria...”. Que, en cuanto al supuesto fáctico previsto en el Inc. a) de la disposición legal mencionada, se advierte que el Contrato N° 131/2020, suscrito con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, fue formalizado en fecha 22 de abril de 2022, mientras que el Contrato N° 134/2020, suscrito con la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., fue celebrado en fecha 07 de julio de 2022, es decir, antes del Ejercicio Fiscal 2022, como indica la norma. Respecto al supuesto de hecho prevenido en el inciso d), la necesidad de ajuste surge del pedido mismo remitido por el Administrador del Contrato, del cual se infiere: “...obedece a la necesidad de modificar y ampliar espacios necesarios para readecuaciones que empezó a utilizarse en el periodo de la Pandemia CO YID 19, motivo por el cual nos vimos en la necesidad y la urgencia de la readecuación y remodelación de los espacios de diferentes Establecimientos de Salud del Área Central y Metropolitana, para cumplir con las exigencias y normativas del Ministerio de Salud y Bienestar Social...”; Que, en este contexto, se puede colegir que se hallan reunidos suficientemente, dos de los presupuestos señalados en el Art. 4º de la Resolución DNCP N° 1806/2022, específicamente, los Incisos a) y d), conforme a las consideraciones expuestas en el párrafo que antecede, correspondiendo en consecuencia, la inclusión del Objeto del Gasto N° 520, a través de la reprogramación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, del llamado con ID N° 364.964, inherente a la Licitación Pública Nacional N° 65/2019 “REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DEL IPS”;
Que, por Nota Interna CA/N° 038-0429/2022, de fecha 12 de julio de 2022, la Secretaría del Consejo de Administración, por instrucciones recibidas de la Máxima Autoridad, en Sesión N° 040/2022, de fecha 19 de julio de 2022, mencionó cuanto sigue: “...luego de analizar y dejar pendiente el expediente identificado en esta Secretaría como CA N° 1277/22 “Propuesta para autorizar la inclusión del Objeto del Gasto 520 “Construcciones” al Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, correspondiente a los Contratos N° 131/20 y N° 134/20, suscriptor con la firmas En Obras de Nelson Segovia y Sociedad Constructora Chaco S.A., respectivamente, en el marco de la LPN N° 65/19 “Reparaciones varias en edificios administrativos y centros asistenciales del IPS”, ha encomendar a esa Gerencia, y por su intermedio a las Áreas Técnicas correspondientes, proceda a realizar las actividades que correspondan, a los efectos de informar cuanto: sigue. a) Monto total que sería incluido en el Objeto de Gasto 520 “Construcciones”, b) Lugares donde se realizaron los trabajos de readecuación y remodelación y los montos correspondientes a dichas Áreas; c) En base a lo informado en el punto b) indicar si los trabajos de readecuación y remodelación cuentan con autorización o pedido de las áreas respectivas. Asimismo, se requiere la presentación de un Informe referente a los trabajos realizados en las ciudades de Campo Vía, Ypacaraí, Villeta, Luque y Guarambaré, por la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A.…”; Que, por Correo Electrónico de fecha 25 de julio de 2022, el Gerente de la Gerencia de Abastecimiento y Logística, en respuesta a lo solicitado precedentemente, remitió la Nota Interna de fecha 22 de julio de 2022, de la Dirección de Mantenimiento, conteniendo el informe requerido, el cual obra entre los antecedentes del presente acto administrativo; Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar la inclusión del Objeto del Gasto N° 520 al llamado con ID N° 364.964, a través de la reprogramación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, en lo concerniente a los Contratos N° 131/2020, suscrito con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, y N° 134/2020, suscrito con la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional N° 65/2019 “REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DEL IPS”, conforme a las fundamentaciones expuestas en el exordio de la presente Resolución.
Art. 2
2º) Autorizar al Departamento Técnico de Contrataciones de la Dirección Operativa de Contrataciones, a proceder a la modificación del Programa Anual de Contrataciones (PAC) 2022, del llamado con ID N° 364.964, a los efectos de la inclusión del Objeto de Gasto N° 520 al mismo, y a solicitar la comisión del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) correspondiente.
Art. 3
3°) Encomendar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto dependiente de la Gerencia Administrativa y Financiera, a realizar la correcta imputación del Objeto del Gasto aprobado en el Art. 1º de la presente disposición, a los Contratos N° 131/2020, suscrito con la firma EN OBRAS DE NELSON SEGOVIA, y N° 134/2020, suscrito con la firma SOCIEDAD CONSTRUCTORA CHACO S.A., en el marco de la Licitación Pública Nacional N° 65/2019 “REPARACIONES VARIAS EN EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CENTROS ASISTENCIALES DEL IPS”, previa consulta y conformidad por parte del Administrador del Contrato.
Art. 4
4º) Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, dependiente de la Gerencia Administrativa y Financiera, a expedir el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) correspondiente.
Art. 5
5°) Facultar al Departamento Técnico de Contrataciones, de la Dirección Operativa de Contrataciones, a realizar la comunicación respectiva ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 3º de la Resolución DN N° 1806/2022, de fecha 31 de mayo de 2021.
Art. 6
6º) Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, a realizar los procesos administrativos tendientes al pago y a la Dirección de Tesorería a efectuar los pagos correspondientes conforme al marco vigente.
Art. 7
7°) Establecer que la Gerencia de Abastecimiento y Logística y la Dirección Operativa de Contrataciones, son las responsables de la integridad del expediente físico y su coherencia con la versión digital registrada para el tratamiento por parte del Consejo de Administración.
Art. 8
8º) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
DECRETO 6581/2022 art. 332