DECRETO 7657/2006 • MINISTERIO DEL INTERIOR (M.I.) • 2006/06/05 • PY/LEGI/00G0
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Municipalidad - Ampliación y modificación del art. 1 del Dec. 7252/06 que establece la clasificación en grupo de las municipalidades d
VISTO: El Decreto N° 7252, del 17 de marzo de 2006 «Por el cual se dispone la clasificación en grupos de las Municipalidades de la República»; y La Ley N° 2873, del 21 de marzo de 2006 «Que crea el Municipio Teniente 1° Manuel Irala Fernández del XV Departamento Presidente Hayes, y una Municipalidad con Asiento en el Pueblo de Teniente 1° Manuel Irala Fernández», CONSIDERANDO: Que los Intendentes Municipales de Tobatí, Mbaracayú, San Pedro del Paraná, Mbocayaty-Guairá, Doctor Juan Manuel Frutos y Doctor J. Eulogio Estigarribia, han solicitado a través de notas agregadas al expediente, la corrección de los Grupos en los cuales fueron clasificados sus respectivos municipios, en atención a un error involuntario en el monto presentado del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2006, en donde no fue incluido el Rubro de Royalties. Que el pedido se ajusta de conformidad a lo establecido en el Artículo 10, de la Ley N° 1294/87 «Orgánica Municipal». Que corresponde clasificar a la Municipalidad Teniente 1° Manuel Irala Fernández, del XV Departamento Presidente Hayes, dentro del Grupo N° 4, para establecer en la convocatoria a elecciones municipales la cantidad de miembros de la Junta Municipal a ser electos en el mes de noviembre de 2006, conforme lo dispone el Artículo 4° de la Ley N° 2873/06, que crea el citado municipio. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY DECRETA:
Art. 1
Artículo 1°- Modifícase el Artículo 1° del Decreto N° 7252, del 17 de marzo de 2006, en lo que respecta a la clasificación en grupos de las siguientes Municipalidades que por las razones expuestas en el Considerando fueron incluidas en la posición equivocada, debiendo pertenecer al:
Segundo Grupo
· Tobatí
· Doctor Juan Manuel Frutos
· Doctor J. Eulogio Estigarribia
· San Pedro del Paraná
· Mbaracayú
Tercer Grupo
· Mbocayaty del Guairá
Art. 2
Art. 2° - Amplíase el Artículo 1° del mismo cuerpo legal, incluyendo en el Cuarto Grupo, al Municipio de Teniente 1° Manuel Irala Fernández, del XV Departamento de Presidente Hayes, creado por Ley N° 2873, del 21 de marzo de 2006.
Art. 3
Art. 3° - El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 4
Art. 4° - Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.