RESOLUCION 112/2005 • DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS (D.N.A.) • 2005/04/30 • PY/LEGI/03F3
VigenteRESOLUCION2005DIRECCION NACIONAL DE ADUANASPY/LEGI/03F3
Automotores - Registro especial transitorio - Autorización a PAKSA para tramitar despachos de importación de automotores - Ampliación
VISTA: La Resolución D.G.A. Nº 127 de fecha 5 de agosto de 2004 «por la que se actualizan las normas de procedimiento a seguir para la regularización fiscal de los automotores inscriptos en el registro especial transitorio», y; CONSIDERANDO: Que en la propuesta elevada por el Departamento de Visturía, pone de manifiesto el incremento de despachos de regularización de automotores por la Aduana de la Capital y la necesidad de habilitar otras aduanas para el efecto, en cuya referencia se ha informado que la Administración de Aduana de PAKSA cuenta con la infraestructura técnica y humana necesarias para atención de los trámites del despacho de automotores, por lo que resulta precedente la habilitación de dicha administración aduanera a los fines señalados. POR TANTO, en mérito a lo brevemente expuesto y en uso de sus atribuciones, LA DIRECTORA NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1º - Ampliar el Art. 3º de la Resolución D.G.A. Nº 127/04, en el sentido de incluir a la administración de aduana de PAKSA entre las administraciones de aduanas autorizadas a tramitar los despachos de importación de los automotores inscritos en el registro especial transitorio establecido en la Ley Nº 608/95 y sus modificaciones.
Art. 2
Art. 2º - La administración de Aduana de PAKSA deberá iniciar los trámites de los Despachos mencionados en el Art. anterior a partir del 2 de mayo de 2005.
Art. 3
Art. 3º - Comunicar a quienes corresponda, y cumplido, archivar. - Margarita Díaz de Vivar.