VigenteRESOLUCION2013BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/0D61
Seguro -- Autorización a la firma Regional S.A. de Seguros, a operar en el ramo vida.
VISTO: La nota de fecha 03 de diciembre de 2012 de la empresa Regional S.A. de Seguros por la que comunica su decisión de operar en el ramo VIDA, conforme a lo dispuesto en los artículos 9°, 16°, 17° y 136° de la LEY N° 827/96 "De Seguros" de fecha 12 de febrero de 1996; el informe SS.IETA.DEA N° 032/12 de fecha 27DIC2012 de la Intendencia de Estudios Técnicos y Actuariales y el informe SS.ICF. N° 001/13 de fecha 18ENE2013 de la Intendencia de Control Financiero. SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS CONSIDERANDO: Que la compañía REGIONAL S.A. DE SEGUROS, acredita patrimonialmente el capital mínimo requerido conforme a lo dispuesto en el artículo 17° de la Ley N° 827/96 "De Seguros". Por tanto, en uso de sus atribuciones; EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Resuelve
Art. 1
1°) Autorizar a la firma REGIONAL S.A. DE SEGUROS, a operar en el ramo VIDA, a partir de la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de la autorización para operar en el ramo Patrimoniales concedida por la Resolución N° 59/96 de fecha 08/07/1996 de la Superintendencia de Seguros.
Art. 2
2°) Los reportes del Margen de Solvencia remitidos a partir del primer bimestre del presente año deberán incluir los formularas correspondientes a ambas ramas.
Art. 3
3°) Comunicar y archivar.
DIEGO ARTURO MARTINEZ SANCHEZ
Superintendente de Seguros