POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL MODELO DE GOBERNANZA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
VigenteRESOLUCION2019MINISTERIO DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONPY/LEGI/7VXUWY
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación -- Modelo de gobernanza de seguridad de la información del MITIC.
Visto: El Memorándum DG N° 625/2019 de fecha 27 de agosto de 2019, de la Dirección de Gabinete del Viceministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Institución, a través del cual fuera solicitada la aprobación mediante acto administrativo del “Modelo de Gobernanza de Seguridad de la Información”; y; Considerando: Que, por Memorándum CyPI-20190806 de fecha 06 de agosto de 2019, de la Dirección General de Ciberseguridad y Protección de la Información, mediante el cual fuera elevada una propuesta de Modelo de Gobernanza de Seguridad de la Información en el Estado, en el marco de los esfuerzos de mejorar el nivel de ciberseguridad en el Gobierno Nacional. Que, por Memorándum DG N° 577/2019 de fecha 08 de agosto de 2019, la Dirección de Gabinete del Viceministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación, remitió la propuesta presentada por la Dirección General de Ciberseguridad y Protección de la Información a la Dirección General de Asesoría Jurídica, solicitándose un dictamen sobre el citado documento. Que, por Dictamen N° 158/2019 de fecha 21 de agosto de 2019, la Dirección General de Asesoría Jurídica se expidió sobre la propuesta de la Dirección General de Ciberseguridad y Protección de la Información, manifestando no encontrar objeciones al documento y sugirió proseguir con los trámites para la emisión del acto administrativo. Que, por Memorándum CyPI-20190821-01 de fecha 21 de agosto de 2019, de la Dirección General de Ciberseguridad y Protección de la Información, se remitió la propuesta del “Modelo de Gobernanza de Seguridad de la Información” para su aprobación, de manera dotar al documento en cuestión del amparo legal efectivo a fin de que los demás Organismos y Entidades del Estado puedan tomar conocimiento del mismo y realizar las medidas tendientes a fin de garantizar el cumplimiento del Modelo propuesto. Que, por Memorándum DG N° 625/2019 de fecha 27 de agosto de 2019, la Dirección de Gabinete del Viceministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación solicitó la elaboración del acto administrativo pertinente, a fin de aprobar el “Modelo de Gobernanza de Seguridad de la Información”. La Ley N° 6207/2018 “QUE CREA EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”, en su Artículo 7° reza: “Competencias. El Ministerio tendrá las siguientes competencias: 23 - Ejercer como Autoridad de Ciberseguridad, y de prevención, gestión y control de incidentes cibernéticos que pongan en riesgo el ecosistema digital nacional”. Que, por Decreto N° 2274 de fecha 06 de agosto de 2019 “POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 6207, DEL 22 DE OCTUBRE DE 2019, «QUE CREA EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Y SE APRUEBA SU CARTA ORGÁNICA», el cual, en su Capítulo IV “Ciberseguridad”, reza: “Art. 45.- Prevención en materia de ciberseguridad. El MITIC implementará los mecanismos de monitoreo, gestión, coordinación y respuesta ante los incidentes cibernéticos y amenazas que pongan en riesgo el ecosistema digital nacional y fomentará las iniciativas que contribuyan a la prevención de los mismos...”.
Que, el mencionado Decreto, en su Artículo 44 establece: “Reporte de incidentes cibernéticos. El MITIC es la autoridad de prevención, gestión y control en materia de ciberseguridad en resguardo del ecosistema digital nacional. Las Instituciones del sector público, están obligadas a comunicar y denunciar ante el MITIC todos los incidentes cibernéticos que pongan en riesgo el ecosistema digital nacional, siguiendo las directrices y procedimientos que serán reglamentados por Resolución del Ministro...”; y, en su Artículo 45 expresa: “Políticas y normativas en materia de ciberseguridad gubernamental. El MITIC debe dictar las directrices, normativas y estándares en materia de prevención, gestión y control de incidentes cibernéticos y seguridad digital, que son de cumplimiento obligatorio por las áreas de TIC o sus equivalentes dependientes de las Instituciones del sector público...”. Que, la Ley N° 6.207/2018, en su artículo 8°, establece que el Ministro es la máxima autoridad institucional. En tal carácter es el responsable de la dirección y de la gestión especializada, técnica, financiera y administrativa de la Entidad, en el ámbito de sus atribuciones legales, asimismo, ejerce la representación legal del Ministerio. Que, el Decreto N° 475/2018 nombra al señor Alejandro Peralta Vierci como Ministro de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC). Las disposiciones contenidas en la Ley N° 6.207/2018. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones legales, EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el “Modelo de Gobernanza de Seguridad de la Información”, de conformidad a lo expuesto en el exordio, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Encomendar al Viceministerio de Comunicación la difusión de las Directivas aprobadas en el Artículo 1° de la presente Resolución a través de los medios de comunicación a su cargo.
Art. 3
Art. 3°.- La presente resolución será refrendada por el Secretario General de la Institución.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido, archivar.
[imagen]