RESOLUCION 9230/2009 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2009/10/23 • PY/LEGI/02OJ
VigenteRESOLUCION2009MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/02OJ
Educación -- Establecimiento de los aranceles de las instituciones educativas públicas y privadas de todo el país -- Derogación parcia
Visto: El Memorándum presentado por el Economista José López Pistilli, Director General de Administración y Finanzas de este Ministerio; y, Considerando: Que, a través del ministerio remite la propuesta de derogación parcial de la Resolución Ministerial N° 9300/2002 de fecha 24 de octubre de 2002 "Por la cual se establecen los aranceles de las instituciones educativas públicas y privadas de todo el país...", dejar sin efecto aranceles establecidos para Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Media del Ministerio de Educación y Cultura; Que, la Ley N° 1264/98 en el Artículo 4° dispone: "El Estado garantizará el derecho de aprender y la igualdad de oportunidades a acceder a los conocimientos y a los beneficios de la cultura humanística, de la ciencia y de la Tecnología, sin discriminación alguna. El sistema educativo nacional será financiado básicamente con recursos del Presupuesto General de la Nación"; Que el Artículo 18 de la Ley N° 1264/98 "General de Educación" dice: "Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura", concordante con el Artículo 91 que establece: "La autoridad superior del ramo es el ministerio responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura". Por tanto, en uso de sus atribuciones, El Ministro de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
Articulo 1°- Derogar parcialmente el Apartado 1° de la Resolución N° 9300/2002 "Por la cual se establecen los aranceles de las instituciones educativas públicas y privadas de todo el país...", y dejar sin efecto aranceles por servicios prestados para instituciones educativas públicas del nivel de Educación Media, conforme al siguiente detalle:
I) Sector Oficial.
A) Nivel Medio: Científico y Técnico.
1) Se mantienen.
2) Se mantienen.
3) Expediciones, Autenticaciones y otros
a) Expedición de Certificados de Estudios.
c) Visación de Certificados y Documentos Varios.
g) Expedición de Copia de Resoluciones Ministeriales Autenticadas (las dos primeras cada año).
h) Expedición de Cartón de Titulo.
1) Cartón de Título.
2) Impresión de Cartón de Título.
3) Gastos administrativos de gestión en la institución.
4) Gastos administrativos de gestión en supervisión.
B) Se mantienen.
C) Se mantienen.
D) Se mantienen
E) Administración Central
Por materiales impresos y editados en dependencias del Ministerio de Educación y Cultura y otros:
1) Formularios y Planillas.
Art. 2
Art. 2°.- Establecer la gratitud de las gestiones administrativas tanto en las instituciones educativas como en las supervisiones educativas, de los Certificados de Estudios para el Nivel de Educación Media de las instituciones educativas públicas dependientes del Ministerio de Educación y Cultura.
Art. 3
Art. 3°.- Establecer la gratuidad de la expedición de las dos primeras copias autenticadas de resoluciones ministeriales en cada ejercicio fiscal, las siguientes copias mantendrán el costo de los aranceles vigentes.
Art. 4
Art. 4°.- Comunicar y archivar.
2) Se mantiene.
3) Comprobantes de pago.
4) Se mantiene.
5) Comprobante de retención.
6) Se mantiene.
7) Se mantiene.
8) Estadística Educativa-Anuario.
9) Compendio de Estadística Educativa el CD-ROM.
10) Estadística Educativa (Tríptico).
11) Revista de "Indicaciones Educativos"
12) Programa de estudios oficiales (por hoja).
13) Se mantiene.
14) Programa de Estudios en diskette.
15) Resoluciones de Alta/Baja (S.M.O).
16) Se mantiene.
17) Copias de Programas educativos en video Cassette.
18) Se mantiene.
19) Módulos proyecto E. a D. Proyecto M.E.C.-AECI
20) Lotes de materiales por módulos Proyectos M.E.C.-AECI
21) Reconocimiento de Cooperadoras Escolares.