RESOLUCION 223/2006 • SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS (S.S.) • 2006/10/30 • PY/LEGI/008S
VigenteRESOLUCION2006SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/008S
Empresa de Seguro - Modelo de cuadro de liquidación de premios y costos financieros para los planes de seguro.
Vistos: la Ley Nº 827/96 «De Seguros»; la Resolución SS.SG. Nº 240/04 del 30 de junio de 2004; la Ley Nº 2421/04 «De Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal»; la Circular SS.SG. Nº 003/99 de fecha 11 de enero de 1999; los Informes SS.IETA. Nº 014/06 y SS.IETA.DET. Nº 058/06 de fechas 12 de julio y 19 de junio de 2006, ambos de la Intendencia de Estudios Técnicos y Actuariales; la providencia de la Intendencia de Control Financiero de fecha 29 de junio de 2006; el acta del Consejo Consultivo del Seguro de la sesión de fecha 4 de julio de 2006; el acta de la reunión de la Comisión Auxiliar del Consejo Consultivo del Seguro llevada a cabo el 12 de julio de 2006; y, Considerando: La necesidad de adecuar los cuadros de liquidación de premios y costos financieros insertos en los planes de seguros inscritos en el Registro Público de Pólizas administrado por la Superintendencia de Seguros, a las definiciones de Prima y Premio establecidas en el Capítulo Único de la Ley Nº 827/96, a los lineamientos del Plan de Cuentas aprobado por la Resolución SS.SG. Nº 240/04, y a la Ley Nº 2421/04 «De Reordenamiento Administrativo y Adecuación Fiscal»; Por tanto, en uso de las atribuciones dispuestas en el inciso h) del artículo 61º) de la Ley Nº 827/96 «De Seguros»; El Superintendente de Seguros Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º - Aprobar el modelo de cuadro de liquidación de premios y costos financieros para ser insertos y aplicados en los planes de seguros utilizados por las compañías aseguradoras, conforme el siguiente esquema:
[imagen]
Para los fines de la presente resolución, el concepto Monto financiado debe entenderse como la porción del premio que no ha sido reconocida como cancelada, al momento de la emisión de la póliza.
Art. 2
Art. 2º - Modificar los cuadros de liquidación de premios y costos financieros obrantes en los planes de seguros inscritos en el Registro Público de Pólizas de Seguros autorizados por la Superintendencia de Seguros, conforme lo dispuesto en el artículo 1º) de esta resolución.
Art. 3
Art. 3º - Las empresas interesadas en emitir cuadros de liquidaciones diferentes al aprobado en el artículo 1º) de la presente resolución deberán previamente presentarlas y solicitar su registro correspondiente a la Superintendencia de Seguros.
Art. 4
Art. 4º - La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2007.
Art. 5
Art. 5º - Registrar, comunicar y archivar.