POR LA CUAL SE DENOMINA "SEMANA DEL BIENESTAR" A LA COMPRENDIDA ENTRE EL 16 Y EL 20 DE SETIEMBRE DE 2013, Y SE DECLARAN DE INTERES INSTITUCIONAL LAS ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLEN EN SU CONTEXTO.
VigenteRESOLUCION2013MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL - SECRETARIA GENERALPY/LEGI/0DOK
Declaración de interés -- Denominación de "Semana del Bienestar" a la comprendida entre el 16 y el 20 de setiembre de 2013.
VISTO: La nota PAR/05/51/00/18705/2013, en la cual el Representante de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) hace referencia a la Semana del Bienestar 2013, instituida por dicho organismo internacional como un llamado a la acción para movilizar a las autoridades locales, el sector privado, las organizaciones de la sociedad civil y el público en general para crear conciencia sobre hábitos saludables y combatir enfermedades no transmisibles (ENT), así como para recalcar la importancia de fomentar entornos saludables que promuevan actividad física, dieta saludable, ambientes libres de humo, entre otros; y CONSIDERANDO: Que entre las acciones que la OPS/OMS recomienda promover para la Semana del Bienestar, cabe mencionar las actividades interactivas e informativas sobre promoción de la salud y prevención de enfermedades no transmisibles, tales como caminatas, maratones, partidos de fútbol, además de paseos peatonales, paseos en bicicletas y utilización de ciclovías, actividades en las escuelas, lugares de trabajo y en las comunidades, ferias agrícolas, plazas, mercados saludables, movilización en las universidades y municipios con ambientes saludables. Que en el marco de dicha celebración, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de sus dependencias técnicas competentes, ha programado una serie de actividades tendientes a concienciar a la población sobre la importancia de la adopción de un estilo de vida saludable, siendo uno de los componentes fundamentales la práctica regular de la actividad física, una dieta saludable y un ambiente libre de humo, como factores de protección contra las enfermedades no transmisibles, cuyo impacto en la salud pública representa un alto costo socioeconómico. Que la Constitución Nacional, en su Artículo 6 establece que "La calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionantes, tales como la extrema pobreza y los impedimentos de la discapacidad o de la edad"; y en el Artículo 7, que "Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado Que, además, en el Artículo 68 de la Carta Magna se encomienda al Estado Paraguayo la protección y promoción de la salud "como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales; EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Denominar "Semana del Bienestar" a la comprendida entre el 16 y el 20 de setiembre de 2013, en cuyo transcurso se desarrollarán en el país numerosas actividades tendientes a generar conciencia en la población sobre la importancia de la adopción de un estilo de vida saludable.
Art. 2
Artículo 2°.- Declarar de interés institucional las actividades que se desarrollen en el contexto de dicha celebración.
Art. 3
Artículo 3°.- Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
DR. ANTONIO CARLOS BARRIOS F.
MINISTRO