RESOLUCION 922/2008 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2008/02/28 • PY/LEGI/05ZN
VigenteRESOLUCION2008MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/05ZN
Educación - Establecimiento de normas para el uso de los Fondos Públicos provenientes de los Premios obtenidos por las Instituciones E
Visto: Que el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio de Hacienda llevan adelante desde el Año 2005 la Campaña de Educación Tributaria "Juntá y Ganá", en Colegios Oficiales de Enseñanza Media del país; y, Considerando: Que la citada Campaña busca que el emprendimiento contribuya a consolidar el proceso de construcción de responsabilidad fiscal con transparencia en la ciudadanía, de tal manera a lograr el compromiso de todos los sectores de la sociedad, el desarrollo económico, social, educativo y cultural de nuestro país; Que el Ministerio de Educación y Cultura, en el marco de la Reforma Educativa, impulsa la formación integral de niños, niñas y jóvenes con sólidos conocimientos científicos, tecnológicos y humanos que contribuyan en la consolidación de la democracia como estilo de convivencia a través del ejercicio de su derecho pero, al mismo tiempo también puedan asumir el compromiso de trabajar por el nuevo país que apuesta a la legalidad, cumpliendo con sus deberes y obligaciones como ciudadanos y ciudadanas; Que, por el Acuerdo Interinstitucional firmado entre el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio de Hacienda, en fecha 27 de agosto de 2007, se designan ganadores de la Campaña de Educación Tributaria "Juntá y Ganá", en los Colegios Oficiales de Enseñanza Media del país; La necesidad de establecer normas para el uso de los fondos públicos provenientes de los premios obtenidos por las Instituciones Educativas del Nivel Medio de la Campaña de Educación Tributaria "Juntá y Ganá"; Que el Artículo 18 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación" dice "Las Funciones del Estado, en el ámbito de la Educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura"; Que el Artículo 91 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación", establece: "La autoridad superior del ramo es el Ministro, responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...". Por tanto, y en uso de sus atribuciones, La Ministra de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
Articulo 1º.- Establecer normas para el uso de los fondos públicos provenientes de los premios obtenidos por las Instituciones Educativas del Nivel Medio de la Campaña de Educación Tributaria "Juntá y Ganá", según el siguiente detalle:
a. Los recursos asignados como premio en la Campaña de Educación Tributaria "Juntá y Ganá", serán utilizados, con exclusividad, para atender el bienestar estudiantil y crear condiciones favorables de aprendizaje para la formación integral de los jóvenes, que faciliten y complementen las actividades académicas.
b. Los premios entregados a las instituciones Educativas de Nivel Medio, en el marco de la Campaña de Educación Tributaria "Juntá y Ganá" podrán ser utilizados en los siguientes rubros:
* Construcción y mejoramiento de obras de infraestructura, tales como: aulas, laboratorios, tinglados para deportes, sanitarios, talleres, otros.
* Adquisición de materiales didácticos, tales como: mapas, globos terráqueos, láminas, banderas, equipos de gimnasio, otros.
* Adquisición de muebles tales como: pupitres, pizarrones, mesas, sillas, escritorios, estantes, otros.
* Adquisición de equipos de salud y de laboratorio, tales como: microscopios, tabla periódica, otros.
* Adquisición de artefactos eléctricos y/o equipamientos de aula, tales como: acondicionador de aire, ventiladores, otros.
* Adquisición de equipos de oficina, tales como: fotocopiadora, computadoras, impresoras, faxes, scanner, otros.
c. El presupuesto aprobado será ejecutado con la participación del Consejo Educativo Institucional, integrado por representantes del Estamento Estudiantil, Padres, docentes, Técnicos y Directivos, conforme lo determina el Artículo Nº 54 del Decreto Nº 468/03.
d. Las rendiciones de cuentas se realizarán de conformidad a las normativas legales vigentes y a los procedimientos establecidos para las rendiciones de cuentas por la Dirección Financiera, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas de este Ministerio.
Art. 2
Art. 2º.- Comunicar y archivar.