ORDENANZA 140/2004 • JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCION (J.M.) • 2004/08/18 • PY/LEGI/01TF
VigenteORDENANZA2004JUNTA MUNICIPAL - MUNICIPALIDAD DE ASUNCIONPY/LEGI/01TF
Municipalidad - Tributos - Aranceles - Policlínico Municipal - Reglamentación - Art. 33° inc. 4), Ord. 110/03 - Ampliación.
VISTO: El dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, con relación a la minuta presentada por la Concejala ANA MARIA FERREIRA MELGAREJO, por la cual se refiere a la alarmante situación causada por cuadros de infecciones respiratorias agudas en niños menores de 5 años, y; CONSIDERANDO: Que, en la minuta de referencia la autora de la minuta manifiesta que lo citado en el párrafo anterior ha ocasionado un aumento importante de demanda de atención en los hospitales públicos, llegando a la situación de provocar el colapso de la urgencia pediátrica del Centro Materno Infantil dependiente del Hospital de Clínicas. Que, el Ministerio de Salud Pública no considera necesaria aún la necesidad de declaración de una emergencia sanitaria, ha establecido una red de atención de establecimientos públicos a fin de afrontar la epidemia sobre todo de la población más vulnerable. Que, ante esta situación resulta necesario que la Municipalidad de Asunción, como Gobierno local, no pueda estar ajena a esta situación inusual, por lo que se solicita la exoneración de la atención, sobre casos de infecciones respiratorias, a los niños menores de 5 años y a los adultos mayores de más de 65 años de edad, tanto en el Policlínico Municipal como en los Dispensarios Médicos. A más de lo manifestado, se provea de insumos necesarios a estas Dependencias para la atención efectiva de los posibles afectados. POR TANTO, LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO ORDENA:
Art. 1
Artículo 1º.- Ampliar la Ordenanza N° 110/03, en su Art. 33° «DE LOS ARANCELES» - Inc. 4 «POLICLINICO MUNICIPAL», debiendo agregarse lo siguiente:
*REGLAMENTACION:
Disponer la exoneración de las atenciones, sobre casos de infecciones respiratorias, a los niños menores de 5 años de edad y a los adultos mayores de más de 65 años de edad, tanto en el Policlínico Municipal como en los Dispensarios Médicos.
Art. 2
Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal.
Vicepresidente:
Nicolás Chase Rodríguez
En ejercicio de la Presidencia
Secretario General:
José María Oviedo V.
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