POR LA CUAL SE DISPONE LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO DE DATOS DEL PERSONAL DE MARINA MERCANTE NACIONAL ANTE LA PREFECTURA GENERAL NAVAL.
VigenteRESOLUCION2018PREFECTURA GENERAL NAVALPY/LEGI/0GDT
Prefectura General Naval -- Actualización del Registro General del Personal Tripulante de Marina Mercante Nacional.
Visto: El Expediente PGN N° 1710 de fecha 30 de enero de 2018, elevado por la Jefa del Departamento de Informática de la Prefectura General Naval, solicitando la emisión de una Resolución que establezca la obligatoriedad de que todo el Personal de la Marina Mercante Nacional, actualice sus datos personales y laborales. Considerando: El nuevo escenario que se presenta en el ámbito naviero por su crecimiento constante de la actividad, la aplicación del control de gestión y las nuevas exigencias en cuanto a la capacitación de los tripulantes La necesidad de contar con una base de datos con información actualizada del personal de tripulante de la Marina Mercante Nacional. La Ley 1.248/36 REGLAMENTO PARA EL REGISTRO PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL. El Artículo 24 de la Ley 928/27 REGLAMENTO DE CAPITANÍA, establece que “Corresponde a la Sub-Sección Personal de la Marina Mercante Nacional: a) Llevar el registro general de las tripulaciones de los buques de la Marina Mercante Nacional en el cual anotará el nombre y apellido de cada tripulante, número de libreta de navegación, nacionalidad, edad, estado civil, filiación y profesión...”. función primordial que cumplir, como colectivo, en la implantación, mantenimiento y mejora de las normas del transporte marítimo. POR TANTO, A MÉRITO DE LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y REGLAMENTARIAS; EL PREFECTO GENERAL NAVAL Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º.- Disponer, la actualización del Registro General del Personal Tripulante de Marina Mercante Nacional, establecido en la 4º SECCIÓN - NAVEGACIÓN - Art. 24 del Decreto N° 424/1936, que se realizará con la presentación del “FORMULARIO DE DATOS” que se encuentra como ANEXO I de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2º.- Apruébese, el “FORMULARIO DE DATOS” para la actualización de datos del Personal de la Marina Mercante Nacional, que se encuentra como ANEXO I de la presente Resolución.
Art. 3
Art. 3º.- Establecer como fecha límite el 31 de marzo de 2019, para que el Personal de la Marina Mercante Nacional realice la presentación del “FORMULARIO DE DATOS” con la información requerida ante la Prefectura General Naval.
Art. 4
Art. 4º.- Disponer que al momento de sufrir modificaciones en la información contenida en el “FORMULARIO DE DATOS” presentado ante la Prefectura General Naval, el Personal de la Marina Mercante Nacional deberá presentar un nuevo “FORMULARIO DE DATOS” con la información actualizada en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Art. 5
Art. 5º.- Establecer que pasada la fecha límite establecida en el Artículo 3º de la presente Resolución, el Personal de la Marina Mercante Nacional que no haya realizado la presentación del “FORMULARIO DE DATOS”, no podrá formar parte del ROL de tripulación, hasta tanto realice la presentación del mismo.