RESOLUCION 128/2003 • SERVICIO FORESTAL NACIONAL (SFN) • 2003/03/19 • PY/LEGI/0A0X
VigenteRESOLUCION2003SERVICIO FORESTAL NACIONALPY/LEGI/0A0X
Madera -- Modificación de la Resolución N° 208/00, Que reglamenta la corta y aprovechamiento de palo santo "Bulnesia Sarmientoi", -- M
VISTO: La necesidad de modificar la reglamentación vigente a la corta y aprovechamiento del Palo Santo, según lo establecido en el Decreto NQ 7 18105/93, y CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ley N° 422/73 Forestal - Art. 2°, inciso a; Art. 17, inciso a y las disposiciones establecidas en el Decreto N° 18831/86, en su Art. 2° del Decreto N° 18105/93 Por tanto, atento a las consideraciones esgrimidas y a sus atribuciones, EL DIRECTOR INTERINO DEL SERVICIO FORESTAL NACIONAL RESUELVE
Art. 1
ART. 1°: ESTABLECER en los Planes de Manejo Forestal, un 30 cms. como mínimo de DAP, para la corta del Palo Santo.
Art. 2
ART. 2°: DISPONER que en los Planes de Uso de la Tierra, la parcela a ser desmontada no debe ser superior a 100 hectáreas en forma continua, y en las cuales deberán dejar un bosquete correspondiente al 5% de la superficie y que la misma sea ubicada en el área de distribución de la especie. En caso de encontrarse dispersa en la parcela a desmontar, se deberá aumentar, a razón del 5% de cada parcela a ser desmontada, el área a ser destinada como reserva o la franja de protección.
Art. 3
ART. 3 °: COMUNICAR a quienes corresponda y luego archivar
Ing. Ftal. Cristino Benitez
Servicio Forestal Nacional