POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN - VERSIÓN 01, DE LA SECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y EL USUARIO (SEDECO) EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS NMR 2015.
VigenteRESOLUCION2021SECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y DEL USUARIOPY/LEGI/FE4R46
Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario -- Reglamento de formación y capacitación - Versión 01 de la SEDECO en el marco de la implementación de las NMR 2015.
Visto: El Expediente SEDECO N° 1860/2021, y, Considerando: Que la Ley N° 1535/99 “De Administración Financiera del Estado” Titulo VII “Del Control Evaluación”, Capítulo I “Del Régimen de Control y Evaluación” Art. 9, Capítulo II “Del Control Interno” Art. 60, Art. 61 y Art. 62. Que el Decreto N° 8127/00 “Por el cual se establecen las disposiciones le ales y administrativas que reglamentar la implementación de la Ley N° 1535/99 “De Administraron Financiera del Estado” y el funcionamiento del Sistema integrado de Administración Financiera-SIAF” Titulo VII “Sistema de Control y Evaluación”. Que, la Ley N° 1626/00 De la Función Pública, establece en su Art. 1º “…tiene por objeto regular la situación jurídica de los funcionarios y de los empleados públicos, el personal de confianza, el contratado y el auxiliar, que presten servicio en la Administración Central, en los entes descentralizados, los gobiernos departamentales y las municipalidades, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la banca pública y los demás organismos y entidades del Estado: y en su Art. 93º “…Crea la Secretaria da la Función Pública, dependiente de la Presidencia de la República, con la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de esta ley y de promover por medio de normas técnicas los objetivos de la función pública”. Que, el Decreto N° 10883/07 “...establecen las facultades, competencias, responsabilidades y marco de actuación en materia de Control Interno de la Auditoria General del Poder Ejecutivo”. Que, el Decreto N° 962/08 modifica el título VII del Decreto N° 8127/00 “Por el cual se establecen las disposiciones legales y administrativas que reglamentan la implementación de la Ley 1535/99, De Administración Financiera del Estado y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF)”, en los siguientes términos: CAPITULO II-Modelo Estándar de Control Interno: “Apruébese y adoptase el Modelo Estándar de Contra/ Interno para las Entidades Públicas del Paraguay (MECIP), definido en el Anexo que forma parte de este Decreto”. Que, la Resolución CGR N° 425/2008 “Por la cual se establece y adopta el Modelo Estándar de Control Interno para las Entidades Públicas del Paraguay - MECIP, como marco para el control Fiscalización y evaluación de los sistemas de control interno de las entidades sujetas a la supervisión de la Contraloría General de la Republica”. Que, la Resolución C.G.R. N° 377/2016, la Resolución C.G.R. N° 147/2019, y la Resolución A.G.P.E. 326/2019, ’Por las cuales se adopta la Norma de Requisitos Mínimos para un Sistema de Control Interno del Modelo Estándar de Control Interno para las instituciones Públicas del Paraguay - MECIP 2015, y se aprueba la Matriz de Evaluación por Niveles de Madurez”. Que, por Resolución AGPE N° 326/2019, “...se adopta la Norma de Requisitos Mínimos para un Sistema de Control interno del Modelo Estándar de Control Interno para las Instituciones Públicas del Paraguay - MECIP 2015, y se aprueba la Matriz de Evaluación por Niveles de Madurez” Que, por Resolución SDCU N° 124/2019, en su Art. 1º “Por la cual se adopta la NRM 2015, y se disponen las medidas tendientes al inicio de su implementación al interior de la Secretina de Defensa del Consumidor y el Usuario”. Que, por Resolución SDCU N° 249/2019 actualiza y modifica “…los distintos Grupos de Trabajo para la implementación del MECIP...” Que, por Resolución SDCU N° 1352/2021 del 02 de setiembre de 2021, “...Se establecen las Políticas de Talento Humano en la Secretaria del Consumidor y el Usuario” en su Versión 02. Que por Memorándum MECIP N° 15/2021 la Dirección de Gabinete Directiva Responsable de la Implementación del MECIP eleva a consideración del Titular de esta Secretaria de Estado el proyecto de Resolución para la aprobación correspondiente.
Que, el Secretario es el Jefe Superior y responsable de la formulación y ejecución de la política confiada a dicha Secretaria de Estado y en tal carácter le compete la alta dirección del mismo, conforme lo establece la Ley N° 4974/13, en su Art. 1°, por la cual se crea la Secretaria de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO). Que, por Decreto del Poder Ejecutivo N° 52 de fecha 20 de agosto de 2018, el Presidente de la República del Paraguay nombró al Señor Juan Marcelo Estigarribia López como Secretario de la Secretaria de Defensa del Consumidor y el Usuario. Por tanto, en uso de sus facultades legales, EL SECRETARIO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y EL USUARIO (SEDECO) Resuelve:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de Formación y Capacitación - Versión 01, de la Secretaria de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) en el marco de la Implementación de las NRM 2015, conforme al Anexo I y II de la presente Resolución, con vigencia a partir de la fecha de la presente Resolución.
Art. 2
Art. 2°.- Conformar la Comisión de Formación y Capacitación de la SEDECO, conforme a lo dispuesto en el Capítulo II del presente Reglamento.
Art. 3
Art. 3°.- Encomendar a la Comisión de Formación y Capacitación de la SEDECO, al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Formación y Capacitación - Versión 01.
Art. 4
Art. 4º.- Comunicar a quienes corresponda, y cumplido, archivar.
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