RÉGIMEN DE PROVISIÓN DE DATOS PARA EL MÓDULO CONTABLE DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS - MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA RESOLUCIÓN SS.SG. N° 166/06.
VigenteRESOLUCION2017BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSPY/LEGI/0G1C
Estado Contable -- Modificación parcial de la Resolución SS.SG. N° 166/06 sobre el Régimen de provisión de datos para el módulo conta
Visto: la Resolución SS.SG. N° 240/04, la Resolución SS.SG. N° 166/06 del 10 de abril de 2006 de la Superintendencia de Seguros, por la que se aprueba el formato de datos a remitirse por parte de las compañías de seguro del mercado nacional, el Memorando SS.DI. N° 056/07 del 21/06/07 de la División Informática del órgano supervisor, el Memorando GTIC N° 0393/201 7 de fecha 21 /09/201 7; Considerando: Que la finalidad del proceso iniciado en el marco de la recolección de datos para el Módulo Contable de la Superintendencia de Seguros apunta a contener información consolidada en un todo, íntegra, con datos confiables y completos, requiriéndose la continuidad en la remisión de éstos que hacen al proceso analítico/preventivo en el funcionamiento del sistema asegurador sujeto al control del ente supervisor, y sobre todo, en un marco de razonabilidad que permita asegurar la calidad y oportunidad de los reportes a ser proporcionados al citado contralor; Que se requiere realizar ajustes al formato establecido para la remisión de datos al Módulo Contable administrado por la Superintendencia de Seguros, en el marco de mejorar el proceso encarado dentro del contexto de su implementación, pues corresponde precisar ciertos aspectos que hacen a la operativa del nuevo sistema informativo; Que, en dicha razón, es imperante realizar inserción de nuevos registros en la proforma de envío de datos a fin de optimizar y dar seguridad en el manejo de los mismos; Por tanto, en base a las facultades reglamentarias conferidas por el artículo 61° inc. b) y c) de la Ley N° 827/96 "De Seguros" y demás concordantes, EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Resuelve:
Art. 1
1º) Modificar el formato de archivo de los Estados Financieros - Plan de cuentas Resolución SS.SG. N° 240/04. La presente Resolución modifica la Resolución SS. SG. N° 166/06. Las modificaciones se encuentran descritas en los Anexos I y II, que forman parte de la presente Resolución.
Art. 2
2º) Los datos con las especificaciones citadas en el artículo 1º), deberán ser remitidos a partir del día 20 de enero de 2018, con datos técnicos y contables al 31 /12/17.
Art. 3
3º) Derógase la Resolución SS.SG. N° 166/17 del 03 de octubre de 2017.
Art. 4
4º) Comunicar al Consejo Consultivo para su toma de razón y conocimiento.
Art. 5
5º) Comunicar, publicar y archivar.
Bernardo Navarro Amarilla
Superintendente de Seguros
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