GUÍA SOBRE LA GESTIÓN DE LOS RIESGOS FINANCIEROS RELACIONADOS CON EL CLIMA PARA LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA SUPERVISADAS Y REGULADAS POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
VigenteACTA2025BANCO CENTRAL DEL PARAGUAYPY/LEGI/NVK8KF
Banco Central del Paraguay -- Guía sobre la gestión de los riesgos financieros relacionados con el clima para las entidades de intermediación financiera supervisadas y reguladas por el BCP.
Visto: El artículo 4° de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay” en su versión ampliada y modificada por la Ley N° 6104/18; el memorando SB.GAR.IEN. N° 42/2025 y la providencia de la Superintendencia de Bancos de fechas 16 y 19 de mayo de 2025; el dictamen GUJ.DJSEF N° 59/2025 de la Unidad Jurídica de fecha 27 de mayo de 2025; la providencia de la Presidencia de fecha 28 de mayo de 2025; y, Considerando: que, es objetivo fundamental del Banco Central del Paraguay, promover la eficacia, integridad y estabilidad del sistema financiero, conforme al artículo 3° de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay” en su versión dada por su modificatoria y ampliatoria, la Ley N° 6104/18. Que, el Banco Central del Paraguay aborda los riesgos que atraviesan los sectores desde una perspectiva macro y micro prudencial. Que, es necesario gestionar correctamente los riesgos financieros relacionados al clima para evitar que los mismos tengan un efecto adverso sobre el sistema financiero. Que, en ese sentido, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea ha actualizado y publicado recientemente los “Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz” incorporando - entro otros - los aspectos relacionados a los riesgos financieros relacionados al clima. Que, desde una perspectiva amplia, los riesgos financieros relacionados con el clima pueden tratarse como uno de los riesgos sistémicos para la estabilidad financiera. Que, el Banco Central del Paraguay ha venido emitiendo medidas excepcionales y transitorias orientadas a proveer alivio financiero a los diferentes sectores productivos, de manera a afrontar las consecuencias de los efectos adversos de condiciones climáticas como sequías e inundaciones. Que, los riesgos físicos y de transición asociados al riesgo climático podrían afectar la seguridad y solidez de las entidades financieras supervisadas en forma individual, así como tener implicaciones más amplias para la estabilidad del sistema financiero. Que, una comprensión adecuada de la forma en que los riesgos vinculados al clima pueden constituirse en riesgos financieros y la gestión apropiada de estos riesgos, permite a las entidades financieras aplicar medidas idóneas y oportunas para su mitigación. Que, la banca matriz entiende que la gestión de riesgos financieros relacionados al clima por parte de las entidades que conforman el sistema financiero, promoverá un enfoque basado en principios que robustezcan las prácticas de la gestión y la supervisión de éstos. Por tanto, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar la GUÍA SOBRE LA GESTIÓN DE LOS RIESGOS FINANCIEROS RELACIONADOS CON EL CLIMA PARA LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA SUPERVISADAS Y REGULADAS POR EL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY, cuyo texto se adjunta como anexo y forma parte de esta Resolución.
Art. 2
2°) Establecer que la presente resolución; a la que deberán ajustarse las entidades de intermediación financiera supervisadas y reguladas por el Banco Central del Paraguay, entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2026.
Art. 3
3°) Encomendar a la Superintendencia de Bancos a que, en uso de sus atribuciones legales y en caso de que amerite, además de la evaluación periódica de la adopción de los lineamientos establecidos en esta disposición, emita los actos administrativos que puedan ser necesarios para la adecuada gestión de los riesgos financieros relacionados con el clima por parte de las entidades de intermediación financiera.
Art. 4
4°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.
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