QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 5098/2013 «DE RESPONSABILIDAD FISCAL»
VigenteLEY2019PODER LEGISLATIVO NACIONALPY/LEGI/0H73
Poder Ejecutivo -- Autorización al Poder Ejecutivo para la aplicación de las excepciones establecidas en el art. 11 de la Ley N° 5098/
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1
Artículo 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo, a aplicar las excepciones establecidas en el Artículo 11 de la Ley N° 5098/2013 “DE RESPONSABILIDAD FISCAL” al Presupuesto General de la Nación del Ejercicio Fiscal 2019 aprobado por Ley N° 6258. En ningún caso, el déficit resultante de la aplicación de estas excepciones, podrá superar el 3% (tres por ciento) del Producto Interno Bruto (PIB).
Art. 2
Art. 2º.- La excepción autorizada por la presente Ley tendrá la misma prohibición para gastos corrientes establecida en el Artículo 40 de la Ley N° 1535/1999 “DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO”.
Art. 3
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.