POR EL CUAL SE RECONOCE LA PERSONERÍA JURÍDICA DE LA COMUNIDAD INDÍGENA «YVU PORÁ RENDA», INTEGRADA POR MIEMBROS DEL PUEBLO MBYA GUARANÍ CON ASIENTO EN EL DISTRITO DE CIUDAD DEL ESTE, DEPARTAMENTO DE ALTO PARANÁ.
VigenteDECRETO2022MINISTERIO DE HACIENDAPY/LEGI/G2FRF0
Comunidad indígena -- Reconocimiento de la personería jurídica de la comunidad indígena «Yvu Porá Renda», integrada por miembros del pueblo Mbya Guaraní, con asiento en el distrito de Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná.
Vista: La Nota P/N° 1140/2022, de fecha 12 de setiembre de 2022, mediante la cual solicita el reconocimiento de la Personería Jurídica de la Comunidad Indígena «Yyu Porã Renda», integrada por miembros del pueblo Mbya Guaraní, con asiento en el Distrito de Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná; y Considerando: Que la Constitución, en el artículo 238, numeral 1), faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país. Que el artículo 7° de la Ley N° 904/1981 «Estatuto de las Comunidades Indígenas», establece que el Estado reconoce la existencia legal de las comunidades indígenas, y les otorgará Personería Jurídica conforme con las disposiciones de esta ley. Que el artículo 30 de la referida ley, modificada por la Ley N° 919/1996 «Que modifica y amplía varios artículos de la Ley N° 904, de fecha 18 de diciembre de 1981, “Estatuto de las Comunidades Indígenas”», establece: «Las relaciones del Instituto Paraguayo del Indígena con el Poder Ejecutivo serán mantenidas por intermedio del Ministerio de Educación y Culto. Podrá además establecer vínculos directos con otros Poderes del Estado o dependencias del Gobierno Nacional». Que la Dirección Jurídica del Instituto Paraguayo del Indígena y la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación y Ciencias, se han expedido favorablemente a lo solicitado, conforme consta en los dictámenes obrantes en autos. Por tanto, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Decreta:
Art. 1
Artículo 1°.- Reconócese la Personería Jurídica de la Comunidad Indígena «Yvu Porã Renda», integrada por miembros del pueblo Mbya Guaraní, con asiento en el Distrito de Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.
Art. 2
Art. 2°.- El presente decreto será refrendado por el Ministro de Educación y Ciencias.
Art. 3
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.