POR LA CUAL SE SUSPENDE LA LICITACION PUBLICA NACIONAL N° 02/2012, PARA LA CONCESION DE SERVICIOS DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y/O EQUIPOS QUE CIRCULAN POR LAS VIAS PUBLICAS DEL PAIS, SEAN ELLAS RUTAS, CAMINOS, CALLES O AVENIDAS, DISTRIBUIDAS POR ZONAS DE OPERACION, HASTA TANTO LA SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SE EXPIDA SOBRE EL FONDO DEL PEDIDO DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADO POR VARIOS MUNICIPIOS.
VigenteRESOLUCION2012DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTEPY/LEGI/0CRW
Licitación Pública -- Suspensión de la Licitación Pública Nacional N° 02/2012, para la concesión
VISTOS: Los Autos Interlocutores de fecha 05 de julio de 2012, dictados por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, sobre Acción de Inconstitucionalidad presentados por varios Municipios c/ Artículos de la Ley N° 3850/09, de fecha 15 de Octubre de 2009, y el Art. Io del Decreto N° 6139/11; y, CONSIDERANDO: Que, en los referidos A.I., la Corte Suprema de Justicia Sala Constitucional, resuelve hacer lugar a los pedidos de suspensión de efectos de los artículos de la Ley N° 3.850/09, de fecha 15 de octubre de 2009, "QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR Y ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA REALIZACION DE LA INSPECCION TECNICA COMO REQUISITO PREVIO PARA LA OBTENCION O RENOVACION DE LA PATENTE MUNICIPAL DE RODADOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL ", y el Art. 1 del Decreto N° 6139/11, en relación al accionante, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad deducida " Que, la Ley N° 3850/2009, en su Artículo 6 establece: "Las concesiones a los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) serán otorgadas por la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), mediante Licitación Pública. La concesión tendrá una vigencia de 5 (cinco) años; y a la licitación podrán presentarse todas las personas físicas o jurídicas que manifiesten su interés en ofrecer el servicio y que se ajusten a lo establecido en la Ley N° 2051/03 "DE CONTRATACIONES PUBLICAS", sus modificaciones y el correspondiente pliego de bases y condiciones... " Que, al ser sometida a estudio la presente cuestión en el seno del Consejo de la DINATRAN, en ocasión de llevarse a cabo la VII Reunión Ordinaria de fecha 05 de julio de 2012, los Señores Consejeros resolvieron por unanimidad suspender la licitación Pública Nacional N° 02/2012, para la Concesión de Servicios de Inspección Técnica de Vehículos Automotores y/o Equipos que circulan por las vías públicas del país, sean ellas Rutas, Caminos, Calles o Avenidas, distribuidas por Zonas de Operación, hasta tanto la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se expida sobre el fondo del pedido de inconstitucionalidad presentado por Varios Municipios. POR TANTO, y en uso de sus atribuciones legales; EL CONSEJO DE LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Suspender la Licitación Pública Nacional N° 02/2012, para la CONCESION DE SERVICIOS DE INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y/O EQUIPOS QUE CIRCULAN POR LAS VIAS PUBLICAS DEL PAIS, SEAN ELLAS RUTAS, CAMINOS, CALLES O AVENIDAS, DISTRIBUIDAS POR ZONAS DE OPERACION, hasta tanto la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se expida sobre el fondo del pedido de inconstitucionalidad presentado por Varios Municipios.
Art. 2
Artículo 2°.- Encomendar a la Dirección General de Administración y Finanzas, y a la Dirección de Unidad Operativa de Contrataciones, a imprimir los trámites para la publicación de la presente Resolución.
Art. 3
Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo, la Secretaria Ejecutiva del Consejo y un Miembro del Consejo de la DINATRAN.
Art. 4
Artículo 4°.- Comunicar a quienes corresponda y archivar.