POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION SENAVE N 086/15 "POR LA CUAL SE FIJAN LOS MONTOS A PERCIBIR POR PRESTACION DE SERVICIOS POR PARTE DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE)", DEL 13 DE FEBRERO DE 2015
VigenteRESOLUCION2016SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLASPY/LEGI/0F1O
Tasa retributiva de servicios -- Modificación de la Resolución 86/15 (SENAVE) "Por la cual se fijan los montos a percibir por prestaci
VISTO: La Nota del 04 de diciembre de 2015, presentada por la Asociación de Productores y Vendedores Agrícolas de Cabañas y la Asociación de Productores de Cítricos de Cordillera; la Providencia DISE N° 02/15 del 10 de diciembre de 2015 de la Dirección de Semillas; la Nota del 08 de enero de 2016 de la Dirección General de Administración y Finanzas; el Dictamen N° 11/16 de la Asesoría Jurídica; la Ley N° 2.459/04 ''Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)", y; CONSIDERANDO: Que, por Nota del 04 de diciembre de 2015, la Asociación de Productores y Vendedores Agrícolas solicita la reconsideración del monto tasado para la prestación de servicios por parte del SENAVE para plantines certificado de cítrico (azul) en Gs. 1.079 cada uno. Que, por Resolución SENAVE N° 086/15 del 13 de febrero de 2015, se fijan los montos a percibir por prestación de Servicios por parte del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Que, por Providencia DISE N° 02/15 del 10 de diciembre de 20 15, la Dirección de Semillas manifiesta que: "... Los valores o precios de las etiquetas forman parte del costo directa de producción de los plantines de cítricos. El proceso de certificación de las mudas cítricas lleva consigo la expectativa de lograr condiciones adecuadas de competitividad y sostenibilidad financiera por parte del productor. EI Plan de certificación de mudas de cítricos libres de la enfermedad HLB, del cual el SENAVE participa activamente, viene resultando un logro muy importante para la citricultura paraguaya, impulsado por el Gobierno Nacional, en tanto que el apoyo a los pequeños productores por porte del Estado es fundamental para el fortalecimiento del programa, el desarrollo rural y la lucha contra la pobreza. Por tanto y a la luz de las consideraciones expuestas, la Dirección de Semillas entiende que la solicitud de referencia es técnicamente razonable, por lo que se sugiere de ser posible, ajustar por debajo del precio vigente en la Resolución 086/15 a los valores finales al usuario que ronden al costo operativo institucional para la emisión de las etiquetas de homologación para plantines de cítricos". Que, por Nota del 08 de enero de 2016, la Dirección General de Administración y Finanzas remite la propuesta de modificación de la Resolución SENAVE N° 086/15, a fin de ajustar los servicios prestados, conforme a los requerimientos. Que, la Ley N° 2.459/04 "Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)", dispone: Artículo 4°.- "El SENAVE tendrá como misión apoyar la político agro productiva del Estado, contribuyendo al incremento de los niveles de competitividad, sostenibilidad y equidad del sector agrícola, a través del mejoramiento de la situación de los recursos productivos respecto a sus condiciones de calidad, fitosanidad, pureza genética y de la prevención de afectaciones al hombre, los animales, las plantas y al medio ambiente, asegurando su inocuidad". Artículo 5°.- ''Los objetivos generales del SENAVE serán: a) contribuir al desarrollo agrícola del país mediante la protección, el mantenimiento e incremento de la condición fitosanitaria y la calidad de productos de origen vegetal; y, b) controlar los insumos de usa agrícola sujetos a regulación conforme a normas legales y reglamentarias".
Artículo 6°.-"Son fines del SENAVE: ...a) Evitar la introducción y el establecimiento en el país de plagas exóticas de vegetales; ...b) Preservar un estado fitosanirario que permita a los productos agrícolas nacionales el acceso a los mercados externos; ...c) Asegurar la calidad de los productos y subproductos vegetales, plaguicidas, fertilizantes, enmiendas para el suelo y afines, con riesgo mínimo para la salud humana, animal, las plantas y el medio ambiente; ...d) Asegurar que los niveles de residuos de plaguicidas en productos y subproductos vegetales estén dentro de límites máximos permitidos ; ...e) Asegurar la identidad y calidad de las semillas y proteger el derecho de los creadores de nuevos cultivares; y ...j) Entender los asuntos vinculados con la biotecnología". Artículo 9°.- "Serán funciones del SENAVE, además de las establecidas en las leyes N°s 123/91 y 385/94 y otras referentes a la sanidad y calidad vegetal y de semillas, las siguientes: ...z) Fijar y percibir los montos por prestación de servicios". Artículo 13°.- "Son atribuciones y funciones del Presidente: ...k) Establecer los conceptos y montos a percibir por el SENAVE por la prestación de servicios, estimados en base a los precios de mercado; ...p) Realizar los demás actos necesarios para el cumplimiento de sus fines". Que, por Providencia N° 20/16, la Dirección General de Asuntos Jurídicos remite con el parecer favorable el Dictamen N° 11/16 de la Asesoría Jurídica donde recomienda hacer lugar al pedido de disminución de los montos por prestación de servicios solicitados por la Asociación de Productores y Vendedores Agrícolas de Cabañas y la Asociación de Productores de Cítricos de Cordillera y aprobar la modificación de la Resolución SENAVE N° 086/15 "POR LA CUAL SE FIJAN LOS MONTOS A PERCIBIR POR PRESTACION DE SERVICIOS POR PARTE DEL SERVICIO NACIONAL DE CAUDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE)", en los ítems 12.4 y 12.6, conforme al proyecto elaborado por la Dirección General de Administración y Finanzas. POR TANTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando de la presente Resolución; EL PRESIDENTE DEL SENAVE RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- MODIFICAR, la Resolución SENAVE N° 086/15 "POR LA CUAL SE FIJAN LOS MONTOS A PERCIBIR POR PRESTACION DE SERVICIOS POR PARTE DEL SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE SEMILLAS (SENAVE)", del 13 de febrero de 2015, en los ítems N°12.4 y 12.6, conforme al siguiente detalle:
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Art. 2
Artículo 2°.- DISPONER, que la Dirección General de Administración y Finanzas, a través de sus áreas competentes es responsable de la aplicación y cumplimiento de la presente resolución.
Art. 3
Artículo 3° ESTABLECER, que la presente resolución entrará en vigencia a partir del 15 de enero de 2016.
Art. 4
Artículo 4°.- COMUNICAR, a quienes corresponda y cumplida, archivar.
FDO: DR. ALFREDO GRYCIUK
PRESIDENTE
ING. AGR. HIPOLITO VIDAL ORTEGA
SECRETARIA GENERAL