POR LA CUAL SE APRUEBA EL FORMULARIO N° 102 PARA LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA, POR AJUSTE DE PRECIO
VigenteRESOLUCION GENERAL2015SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACIONPY/LEGI/0EN5
Formularios -- Aprobación del Formulario N° 102 para la liquidación del Impuesto a la Renta, por ajuste de precio.
VISTO: El artículo 4° de la Ley N° 5.061/2013 “Que modifica disposiciones de la Ley N° 125 del 9 de enero de 1992 “Que establece el Nuevo Régimen Tributario” y dispone otras medidas de carácter tributario”, El Decreto N° 1.832/2014 “Por el cual se reglamenta el Ajuste de Precio de determinados bienes exportados, establecido en el Artículo 4° de la Ley N° 5.061/2013 “Que modifica disposiciones de la Ley N° 125 del 9 de enero de 1992 “Que establece el Nuevo Régimen Tributario” y dispone otras medidas de carácter tributario”, La Resolución General N° 58/2015 “Por la cual se reglamenta el Ajuste de Precio previsto en el Artículo 4° de la Ley 5.061/2013 y el Decreto N° 1.832/2014”. CONSIDERANDO: Que el Art. 15 de la Resolución General N° 58/2015, establece que se utilizará por única vez un formulario especial para la liquidación del Impuesto a la renta que corresponda, por los Ajustes de Precio realizados. Que para el efecto, la Administración Tributaria ha elaborado un Formulario especial para su presentación por el Ejercicio Fiscal 2014. Que la SET cuenta con facultades suficientes para dictar normas de carácter general para una mejor administración, percepción y fiscalización de los tributos. Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 15 del 27 de mayo de 2015, POR TANTO LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACION RESUELVE:
Art. 1
Artículo 1°.- Aprobar el Formulario N° 102 Versión 1, denominado “Liquidación de Ajuste de Precio”, así como su instructivo, los cuales obran en el Anexo de la presente Resolución y forman parte de la misma.
Art. 2
Artículo 2°.- Este formulario deberá ser utilizado por los contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios (IRACIS) o del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias (IRAGRO) que exporten soja y sus derivados, para la liquidación del ajuste de precio resultante del ejercicio fiscal 2014.
Su presentación se realizará únicamente vía internet, a través del Sistema de Gestión Tributaria Marangatú, utilizando para el efecto la Clave de Acceso Confidencial del Usuario.
Art. 3
Artículo 3°.- Publicar, comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Fdo.: MARTA GONZALEZ AYALA
VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
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