QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN CNV CG Nº 35/2018 QUE DISPONE NORMA DE CARÁCTER GENERAL VINCULADA A DEPOSITANTES.
Sin vigenciaRESOLUCION2018COMISION NACIONAL DE VALORESPY/LEGI/0G81
Comisión Nacional de Valores -- Modificación del art. 2 de la Resolución CNV CG Nº 35/2018.
Vista: La Ley N° 5810/17 de “Mercado de Valores”, la Resolución CNV CG N° 35/18 de fecha 17 de abril de 2018, y. Considerando: Lo previsto en el Artículo 115 de la Ley N° 5810/17 que dispone: “... Podrán ser depositantes a más de las Casas de Bolsa, otras entidades autorizadas por la Comisión mediante disposiciones de carácter general...”. Lo dispuesto en el Artículo 2 de la Resolución CNV CG N° 35/18 de fecha 17 de abril de 2018, respecto de quienes podrán actuar en calidad de Depositantes. Que, en dicho contexto se ha evaluado modificar la Resolución CNV CG N° 35/18 en su Artículo 2. Por tanto, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores en uso de sus atribuciones legales, Resuelve:
Art. 1
1°).- Modificar, el Artículo 2 de la Resolución CNV CG N° 35/18 de fecha 17 de abril de 2018, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2.- Depositantes. Podrán actuar como Depositantes las siguientes entidades:
a) Las Casas de Bolsa registradas y habilitadas en el registro del mercado de valores de la Comisión Nacional de Valores.
b) Administradoras de Fondos Patrimoniales de Inversión, registradas y habilitadas en el registro del mercado de valores de la Comisión Nacional de Valores, para títulos de la cartera de los fondos administrados y para títulos de cartera propia.
c) Los Bancos y Entidades Financieras que cuenten con apertura de cuentas subcustodia en la Bolsa de Valores y Productos de Asunción S.A.
d) Las Cajas Previsionales de Jubilaciones y Pensiones, de naturaleza privada y pública, para títulos de cartera propia”.
Art. 2
2º).- Comunicar, publicar y archivar.
Fdo. Fernando A. Escobar E. - Presidente. Pedro A. Araujo C. - Director. Ana Neffa Persano - Directora. Luis M. Talavera I. - Director.