RESOLUCION 118/2002 • MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO (M.J.T.) • 2002/12/27 • PY/LEGI/03QO
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Registro del Estado Civil - Establecimiento de la Comisión de Estudio, Análisis y Elaboración del proyecto de modificación de la Ley N
Visto: La necesidad de establecer una Comisión de Estudio, Análisis y Elaboración del Proyecto de modificación de la Ley Nº 1.266/87 "Del Registro del Estado Civil" y designar sus integrantes; y, Considerando: Que la Dirección General es un órgano especializado y en las funciones que desarrolla debe tender a constituirse en el eje articulador de los esfuerzos de la Administración Pública, destinado a satisfacer la demanda de un servicio Público oportuno y eficiente a través de una política que asegure la plena vigencia del principio de Legalidad y en especial el de seguridad Jurídica de los hechos y actos vitales relacionados al estado Civil de las personas. Que, el Registro del Estado Civil se halla inmerso en un proceso de actualización y mejoramiento que tiene por objetivo adecuarlo a los nuevos tiempos y en especial a los requerimientos que en materia Jurídica, deben poseer las Instituciones públicas. Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 1.266/87 del "Registro del Estado Civil", son atribuciones del Director General del Registro del Estado Civil: "dirigir, planificar, organizar, coordinar y supervisar las funciones del servicio, lo que debe entenderse como obligación de la Dirección General...". Que, desde la promulgación de la Ley Nº 1.266/87 en fecha 22 de octubre de 1987, a la fecha se han producido cambios sustanciales en la Legislación, que afectan al sistema Registral, que hacen necesario la modificación conducente a una correcta aplicación de dicha normativa. Que, en ese marco resulta necesario establecer una comisión para el estudio y elaboración de un proyecto de Ley y designar a personas técnicas en materia Registral, factor que será posible con la participación de representantes del Ministerio de Justicia y Trabajo, de la Dirección General del Registro del Estado Civil, y de la Asociación de Oficiales del Registro del Estado Civil del Paraguay. Por tanto, en uso de sus atribuciones y de conformidad a las disposiciones legales precitadas, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y TRABAJO, RESUELVE:
Art. 1
Art. 1º.- Establecer una Comisión para el estudio, análisis y elaboración del proyecto de modificación de la Ley Nº 1.266/87, "Del Registro del Estado Civil" y conformar la misma con técnicos en dicha materia.
Art. 2
Art. 2º.- Designar al Abog. Edgar Rodas Vega, Director General del Registro del Estado Civil y a la Abog. Gloria Cañete, de la Asesoría Jurídica como miembros de la Comisión, establecida en el artículo 1º de la presente Resolución, en representación del Ministerio de Justicia y Trabajo.
Art. 3
Art. 3º.- Designar al Abog. Ricardo González Borgne, Abog. Francisco Carvallo, Abog. Mariana Vargas de Martínez, Abog. Graciela Pereira de Candia y señor Jorge Barrientos, Oficiales Registrales como miembros de la Comisión establecida en el artículo 1º de la presente Resolución, en representación de la Asociación de Oficiales del Registro del Estado Civil del Paraguay.
Art. 4
Art. 4º. - Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Jorge Rivas Careaga.- Angel José Burró.