NORMA REGLAMENTARIA DE ENCAJE LEGAL EN MONEDA NACIONAL Y EXTRANJERA - ABROGAR LA RESOLUCIÓN N° 13, ACTA N° 8 DE FECHA 29 DE ENERO DE 2015.
VigenteACTA2021BANCO CENTRAL DEL PARAGUAYPY/LEGI/YEB6AN
Banco Central del Paraguay -- Aprobación del Reglamento de encaje legal en moneda nacional y moneda extranjera -- Abrogación de la Resolución N° 13 Acta N° 8 de fecha 29 de enero de 2015.
Visto: los artículos 68, 69 y 70 de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, en sus respectivas versiones dadas por su modificatoria y ampliatoria, la Ley N° 6104/18; los artículos 6° y 12 de la Ley N° 2334/03 “De Garantía de Depósitos y Resolución de Entidades de Intermediación Financiera sujetos de la Ley General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”; la Resolución N° 13, Acta N° 8 de fecha 29 de enero de 2015; los memorandos GOP/DO N° 78/19 y GOP N° 136/19 de la Gerencia de Operaciones y Pagos de fechas 26 de abril y 19 de julio de 2019; los memorandos SGGOF Nºs. 86/19, 107/19, 109/19, 127/19, 158/19, 206/19, 221/19 y 43/2021 de la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras de fechas 26 de abril, 7, 13 de junio, 11 de julio, 19 de agosto, 6 de setiembre, 2, 18 de diciembre de 2019 y 21 de abril de 2021; las providencias SB.GAR.IGI. N°s. 9/19, 28/19, los memorandos SB.GAR.IEN.NP N° 11/19 y SB.GAR.IEN N° 88/19 de la Superintendencia de Bancos de fechas 29 de abril, 7, 29 de mayo, 5, 6, 12 de junio, 19 de julio, 19, 21 de agosto, 3, 4, 10 de diciembre de 2019; el memorándum UAFGD N° 65/19 de la Unidad Administradora del Fondo de Garantía de Depósitos de fecha 9 de julio de 2021; el memorando GM N° 116/19 de la Gerencia de Mercados de fecha 11 de julio de 2019; el memorándum DEM N° 23/19 ya providencia de Estudios Económicos fechados el 16 de julio de 2019; la providencia N° 711 y el dictamen GUJ.DJSEF N° 344/19 de la Unidad Juridica de fechas 9 de setiembre y 21 de noviembre de 2019; los informes G.G. N°s. 170/19 y 40/2021 de la Gerencia General de fechas 27 de diciembre de 2019 y 3 de mayo de 2021; las providencias de la Presidencia de fechas 2 de abril de 2020 y 4 de mayo de 2021; y, Considerando: la necesidad de adecuar el Reglamento General de Encaje Legal en Moneda Nacional y Moneda Extranjera, a las disposiciones legales vigentes. Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 19° de la Ley N° 489/95 “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, en su versión dada por su modificatoria y ampliatoria, la Ley N° 6104/18, numeral 10 y concordantes. EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY Resuelve:
Art. 1
1°) Aprobar el REGLAMENTO DE ENCAJE LEGAL EN MONEDA NACIONAL Y MONEDA EXTRANJERA, cuyo texto agregado en Anexo forma parte de esta Resolución.
Art. 2
2°) Disponer que el Reglamento aprobado por el articulo precedente, entrara en vigencia a partir del 1 de junio de 2021.
Art. 3
3°) Instruir a la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras a reglamentar, con el visto bueno de la Gerencia General de la Institución, los aspectos operativos del presente acto administrativo.
Art. 4
4°) Abrogar la Resolución N° 13, Acta N° 8 de fecha 29 de enero de 2015.
Art. 5
5°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.-
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