RESOLUCION 27/2011 - ACTA 54 • BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY (B.C.P.) - BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - DIRECTORIO (B.C.P. - Directorio) • 2011/08/26 • PY/LEGI/0C4R
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Emisión de moneda -- Emisión de billetes de G 5.000.
Acta N° 54 de fecha 26 de agosto de 2011 VISTO: la Resolución N° 2, Acta N° 81 de fecha 13 de diciembre de 2010 del Directorio de la Institución y el Contrato N° 120/10 por los cuales se acuerda con la firma CASA DE LA MONEDA DO BRASIL, cuyo representante local es la firma AQUIDABAN REPRESENTACIONES S.A., para la impresión y provisión de billetes con la denominación de cinco mil guaraníes (G 5.000); la nota DTES/STB N° 02/11 de la Gerencia de Operaciones Nacionales de fecha 25 de agosto de 2011, por la que solicita la emisión de diez millones ochocientos mil (10.800.000.-) unidades de billetes con la denominación de cinco mil guaraníes (G 5.000), Año 2010; la providencia del Gerente General de la Institución de fecha 25 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: que, el artículo 39° de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay", "De la emisión de billetes y monedas", expresa: "Corresponde al Banco Central del Paraguay la facultad exclusiva de emitir billetes y monedas nacionales...". Portante, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY RESUELVE:
Art. 1
1°) Autorizar a la Tesorería de la Institución a emitir billetes de acuerdo al siguiente detalle:
DENOMINACION: G 5.000
CANTIDAD DE UNIDADES: 10.800.000
IMPORTE EN GUARANIES: 54.000.000.000
AÑO DE EMISION: 2010
Art. 2
2°) Disponer que la emisión de billetes autorizada por el artículo precedente, se realice conforme a las necesidades operativas de la Tesorería, ajustándose a las normas inherentes al proceso, previo acuerdo del Gerente General de la Institución.
Art. 3
3°) Autorizar a la Gerencia de Servicios Administrativos a publicar las características de los billetes emitidos, conforme lo establece el artículo 39° - Emisión de Billetes y Monedas - Capítulo V Régimen Monetario de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay",
Art. 4
4°) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
JORGE RAUL CORVALAN MENDOZA.- PRESIDENTE.-
BENIGNO MARIA LOPEZ BENITEZ.- ROLANDO ARRELLAGA YALUK.- DIRECTORES TITULARES.-
RUBEN BAEZ MALDONADO.- SECRETARIO DEL DIRECTORIO.-