RESOLUCION 415/2007 • DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS (D.G.C.P.) • 2007/08/17 • PY/LEGI/03R7
VigenteRESOLUCION2007DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PUBLICASPY/LEGI/03R7
Reglamentación de las comunicaciones de adjudicación de los procedimientos de contratación pública y se modifica el cuadro de precios
Vista: La necesidad de adjuntar la reglamentación al respecto de las comunicaciones a la UCNT relativos a los procesos de adjudicación de los llamados a contratación de todas las modalidades; y, Considerando: Que la Ley Nº 2051/03 "De Contrataciones Públicas", crea la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT) y le otorga la facultad para dictar disposiciones administrativas para el adecuado cumplimiento de la Ley y su Reglamento. Que conforme prescribe el inciso b) del Art. 5º de la Ley 2051/03, es atribución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT) "Diseñar y emitir las políticas generales que sobre contratación pública deben observar los Organismos, Entidades y Municipalidades; y elaborar y difundir manuales de procedimientos, pliegos concursales y modelos de contratos, que permitan estandarizar los procedimientos". Que resulta necesario implementar un procedimiento adicional para la comunicación de las adjudicaciones recaídas en los procedimientos de contratación regidos por la Ley de Contrataciones Públicas, complementando lo dispuesto en las Resoluciones UCNT Nº 30/05 y 196/05, del 31 de enero y 18 de agosto del 2005, emitidas por esta Dirección General. Que, asimismo, la Ley Nº 2051/03 dispone en el Art. 28 que toda Convocante debe dar a conocer la adjudicación en acto público, debiendo constar en un acta firmada por los asistentes que deseen. En sustitución de dicho acto público, las Convocantes podrán optar por notificar la adjudicación por escrito a cada uno de los participantes. Que, en virtud al Art. 79 del mismo cuerpo legal, las personas interesadas podrán protestar ante la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), cuando existan actos que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la citada ley, dentro de los diez días hábiles a aquel en que se tenga conocimiento de estos. Que es atribución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT) realizar estadísticas de precios relativas a las contrataciones públicas, conforme al Principio General de Transparencia y Publicidad, Art. 4º inc. c) de la Ley 2051/03. Que, a fin de brindar información exacta a la ciudadanía general sobre los precios de los bienes adjudicados, es necesario agregar al cuadro de precios adjudicados los datos de forma de presentación y de relación de medida. Por tanto, en uso de sus atribuciones legales establecidas en la Ley Nº 2051/03 y sus Decretos Reglamentarios, El Director General de Contrataciones Públicas Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º - Disponer que a partir del 1º de setiembre de 2007, a más de la documentación exigida en el numeral 1 de la Resolución UCNT Nº 30/05 del 31 de enero de 2005 y el numeral 1 de la Resolución UCNT Nº 196/05 del 18 de agosto de 2005, la comunicación de adjudicación vaya acompañada de copias del acta de la audiencia de comunicación de adjudicación del procedimiento de contratación, cuando esta se dé a conocer en acto público, o de las modificaciones por escrito a todas las firmas participantes, con las constancias de recepción por las mismas o de su remisión vía fax.
Art. 2
Art. 2º - Modificar el cuadro de precios adjudicados, creado por Resolución UCNT Nº 196/2005, en el sentido de incluir los datos de "forma de presentación" y "relación de medida".
Art. 3
Art. 3º - Adoptar el cuadro de precios adjudicados, que se acompaña como Anexo 1, de esta resolución, y que se encuentra difundida a través del Portal de Contrataciones Públicas, en el enlace Marco Legal - Formularios, que deberán ser utilizados por todas las instituciones regidas por la Ley 2051/03, con vigencia a partir del 1º de setiembre de 2007.
Art. 4
Art. 4º - Disponer que los documentos establecidos en el numeral 1 de la presente resolución, cuando fueran comunicados Vía Internet o Correo Electrónico, deberán ser remitidos en forma escaneada. Asimismo, que el cuadro de precios adjudicados, cuando sea comunicado a través de Internet, sea cargado directamente, o que se acompañe en soporte magnético en formato Excel sin escanear, cuando sea comunicado a través del Correo Electrónico o por Mesa de Entrada.
Art. 5
Art. 5º - Disponer que a partir de 1º de setiembre de 2007 no se emitirán códigos de contratación, si la comunicación de adjudicación, en cualquiera de las modalidades previstas por el Art. 16 de la Ley 2051/03 y el Art. 33 de la misma, no va acompañada de la documentación mencionada en los numerales 1 y 3 de la presente resolución; en forma correcta, y,
Art. 6
Art. 6º - Comunicar a quien corresponda y, cumplido, archivar.
[imagen]