RESOLUCION 300/2011 • DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS (D.N.A.) • 2011/08/12 • PY/LEGI/0C3R
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Sistema informático -- Habilitación del Sistema Informático de Archivo en las Administraciones de la DNA y establecimiento de las norm
VISTO: La necesidad de establecer algunos ajustes en el marco de las normas establecidas en la Resolución N° 67, del 4 de mayo de 2011, para el tratamiento técnico y digitalización de los Despachos de Importación y Exportación y el establecimiento del Sistema de Gestión de Archivo en las Administraciones de Aduanas del país, y; CONSIDERANDO: Lo establecido en los artículos 8. 51,126 y 386. concordantes y subsiguientes de la Ley N° 2422/04, Código Aduanero; el artículo 101 del Decreto N° 4672/04, Reglamento General del Código Aduanero, y los Objetivos Estratégicos de la Dirección Nacional de Aduanas en el marco del Sistema de Gestión de la Calidad. Que, las referidas disposiciones legales establecen la aplicación de sistemas informáticos en los procesos administrativos y operativos de la Dirección Nacional de Aduanas, las obligaciones relacionadas con la guarda y conservación de documentos aduaneros, los plazos en que los mismos deben ser archivados, el control posterior a la desaduanamiento, de los despachos, documentos y datos comerciales relativos a las operaciones de importación y exportación, al igual que las facultades conferidas al Director Nacional de Aduanas, para interpretar y dictar normas de carácter general para la aplicación de la legislación aduanera y para ejercer la Superintendencia de las Aduanas de la República, organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Institución. Que, la Dirección Nacional de Aduanas determinó habilitar un Sistema Informático de Archivos en las Administraciones de Aduanas de conformidad a las normas básicas de organización y funcionamiento: implementando el Sistema de Gestión de Archivos (SGA), en funcionalidad con el Sistema Informático Sofía. Que, la guarda de todas las documentaciones están a cargo del Departamento de Archivo Central y de las Oficinas de Archivo que funcionan en cada Administración de Aduana de la República, de conformidad a las disposiciones contenidas en la Resolución DNA N° 248/07 "Por la cual se establece el Sistema de Archivo de la Dirección Nacional de Aduanas", y en la Resolución DNA N° 137/08 "Por la cual se aprueba la Estructura y el Manual de Funciones del Departamento de Archivo Central, dependiente de la Dirección de Procedimientos Aduaneros". Que, requerido el parecer de la Dirección Jurídica de la Institución, la misma se expidió favorablemente en su Dictamen N° 4382/11, por lo que corresponde dictar la Resolución respectiva. POR TANTO; En mérito a las disposiciones legales mencionadas, a las consideraciones expuestas, y en uso de atribuciones, EL DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:
Art. 1
Art. 1°.- Disponer la habilitación del sistema informático de Archivos en todas las Administraciones de Aduanas de la República, de conformidad con las normas básicas de organización y funcionamiento, en el marco del Sistema de Gestión de Archivos (SGA) en funcionalidad con el sistema informático Sofía; con las disposiciones contenidas en la Resolución DNA N° 248/07 "Por la cual se establece el Sistema de Gestión de Archivos de la Dirección Nacional de Aduanas", y en la Resolución DNA N° 137/08 "Por la cual se aprueba la Estructura y el Manual de Funciones del Departamento de Archivo Central, dependiente de la Dirección de Procedimientos Aduaneros" y se dictan las normas para el procesamiento técnico, digitalización y tratamiento administrativo de los Despachos de Importación.
Art. 2
Art. 2°.- Las Oficinas Locales de Control Diferido tendrán a su cargo la realización de la digitalización de los Despachos de Importación y sus documentos que lo acompañan recepcionados de las Oficinas de Contraloría de cada Administración en la cual se haya finiquitado. Los despachos digitalizados con los documentos que lo acompañan, se harán de forma diaria. Los originales de los despachos finiquitados que amparan la importación de vehículo, una vez digitalizados, serán remitidos de forma inmediata al Departamento de Contraloría de la Dirección de Procedimientos Aduaneros, para la confección de los Certificados de Nacionalización, que una vez cumplidos estos trámites administrativos, dichos originales deberán ser remitidos al Departamento de Archivo Central para su guarda y conservación, por el tiempo establecido en la Ley.
Art. 3
Art. 3°.- Las Oficinas de Archivo de cada Administración procederán a ¡a guarda y custodia de los documentos recibidos conforme a los Procedimientos establecidos por el Departamento de Archivo Central (PO-ACH-01), dependiente de la Dirección de Procedimientos Aduaneros. Las tareas de procesamiento y digitalización de los documentos deberán realizarse diariamente, debiendo informar la cantidad de documentos procesados por día al Departamento de Archivo Central dependiente de la Dirección Procedimientos Aduaneros y la Oficina de Archivo de la Administración, a través de la Planilla de control de Procesamiento y Digitalización Anexo "A" de la presente Resolución. Asimismo ante cualquier inconveniente surgido en la utilización del Sistema de Gestión de Archivos (SGA) deberán comunicarse inmediatamente con la Oficina de archivo para proceder a la solución del problema.
Art. 4
Art. 4°.- El Departamento de Archivo Central, dependiente de la Dirección de Procedimientos Aduaneros tomará los recaudos necesarios para la capacitación de los funcionarios de las Oficinas Locales de Control Diferido en la utilización del Sistema de Gestión de Archivos (SGA) en las Administraciones de Aduanas.
Art. 5
Art. 5°.- Encomendar a la Administración del Sistema informático Sofía la provisión del sistema de interconexión a la red y el suministro de los equipos informáticos necesarios para el desarrollo de las actividades propias de las diferentes Oficinas de Gestión y Digitalización de Archivos.
Art. 6
Art. 6°.- Dejar sin efecto la Resolución DNA N° 67 de fecha 04 de Mayo de 2011.
Art. 7
Art. 7°.- Comunicar a quien corresponda y, por cumplido, archivar.
Miguel Acosta Castro
Director Nacional de Aduanas
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