RESOLUCION 15.284/2007 • MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (M.E.C.) • 2007/08/03 • PY/LEGI/05YB
VigenteRESOLUCION2007MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURAPY/LEGI/05YB
Educación - Aprobación de la realización de una encuesta a 700 instituciones educativas para la verificación de datos estadísticos rec
Vista: La Resolución Nº 779 de fecha 8 de marzo de 2007 "Por la cual se aprueba el Reglamento del Sistema de Información de Estadística Continua", y Considerando: Que la necesidad de realizar la verificación de datos estadísticos recolectados por el Sistema de Información de Estadísticas Continuas (SIEC) a través de las Planillas Estadísticas, en una muestra de 700 instituciones educativas del sector oficial, privado y privado subvencionado que ofrecen Educación Inicial y Escolar Básica y/o Educación Media. Que la Constitución Nacional y la Ley Nº 1264/1998, General de Educación, establecen que la organización del sistema educativo es responsabilidad del Estado. Que el Artículo 18 de la Ley Nº 1264/1998 "General de Educación" dice: "Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura". Que el Ministerio de Educación y Cultura, en el marco de la política de fortalecimiento institucional realiza actividades tendientes al mejoramiento del Sistema de Información Estadística Continua (SIEC). En esta línea se tiene prevista la Verificación de Datos Estadísticos recolectados por el SIEC de las instituciones educativas seleccionadas, a través de una muestra estadísticamente representativa, del sector oficial, privado y privado subvencionado que ofrecen la Educación Inicial y Escolar Básica y/o Educación Media de todo el país. Que para garantizar la calidad de la información estadística educativa es necesario generar evidencia empírica mediante un estudio que permita estimar el porcentaje de riesgo en la declaración de los datos. Que el Artículo 91 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación" establece que: "La autoridad superior del ramo es el Ministro, responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura". Por tanto y en uso de sus atribuciones, La Ministra de Educación y Cultura Resuelve:
Art. 1
Artículo 1º - Aprobar la realización de una encuesta a una muestra de 700 instituciones educativas para la verificación de datos estadísticos afectados por el Sistema de Información de Estadística Continua y definir las funciones y responsabilidades de los estamentos involucrados en el operativo conforme al Anexo de la Presente Resolución.
Art. 2
Art. 2º - Conformar la comisión responsable para la verificación de datos estadísticos recolectados por el Sistema de Estadística Continua, facultando a la misma a requerir a los responsables de las instituciones educativas seleccionados de los sectores oficiales, privado y privado subvencionado todos los datos y documentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, estableciéndose la comisión de la siguiente manera:
* Representantes de la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural.
* Representantes de la Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica.
* Representantes de la Dirección General de Educación Media.
* Representantes de la Dirección General de Supervisión Educativa.
* Representantes de la Coordinación Departamental de Supervisión.
* Representantes de la Unidad Departamental de Estadística.
Art. 3
Art. 3º - Responsabilizar a la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural del Ministerio de Educación y Cultura la coordinación general, el monitoreo y la supervisión de todo el operativo de campo, procesamiento y análisis de los resultados de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Art. 4
Art. 4º - Establecer el tiempo de realización del trabajo de campo durante los meses de agosto y octubre del año en curso, en el que se visitarán las instituciones educativas seleccionadas.
Art. 5
Art. 5º - Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 11620 del 10 de octubre de 206.
Art. 6
Art. 6º - Comunicar y archivar.
Art. 1
Anexo
Funciones y Responsabilidades de la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural:
1. Coordinar, monitorear, supervisar y fiscalizar la organización e implementaciones operativas de trabajo de campo.
Art. 2
2. Adoptar los mecanismos administrativos necesarios, en coordinación con las instancias mencionadas en el Artículo 3º de la Resolución, para llegar a todas las instituciones educativas seleccionadas de Educación Escolar Básica y/o Educación Media para la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Art. 3
3. Comunicar del operativo a realizarse a las instituciones educativas seleccionadas, conjuntamente con la Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica, la Dirección General de Educación Media y la Dirección General de Supervisión Educativa.
Art. 4
4. Preparar y remitir los materiales requeridos para la Verificación de Datos Estadísticos recolectados por el SIEC, conjuntamente con la Dirección General de Supervisión Educativa, a todos los departamentos del país.
Art. 5
5. Brindar asesoramiento técnico a todos los actores involucrados para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades, para el relevamiento de los datos de las instituciones educativas visitadas.
Art. 6
6. Mantener una comunicación fluida con todos los actores involucrados a fin de identificar problemas que surgieren durante los trabajos de campo y establecer estrategias coordinadas para solucionarlos.
Art. 7
7. Designar, en caso necesario, a funcionarios dependientes de la Dirección General la administración de las planillas de verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Art. 8
8. Difundir y promocionar la implementación e importancia de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Art. 9
9. Analizar la base de datos resultantes de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Art. 10
10. Elaborar informes de los principales resultados y difundirlos a nivel departamental y nacional.
Funciones y responsabilidades de las Direcciones de Educación Inicial y Escolar Básica y Educación Media:
1. Comunicar el operativo a realizarse a las instituciones educativas seleccionadas, conjuntamente con la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural y la Dirección General de Supervisión Educativa.
2. Acompañar la ejecución de las actividades previstas en el marco de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
3. Garantizar la cooperación de todo el personal directivo y/o administrativo de las instituciones educativas seleccionadas para el llenado de las planillas de verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
4. Autorizar a los integrantes de sus respectivas Unidades de Estadísticas la administración, en casos necesarios, de las planillas de verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC en las instituciones educativas que ofrecen Educación Inicial y Escolar Básica y/o Educación Media seleccionadas, según las directrices dadas en el Instructivo de llenado de la planilla de verificación de datos estadísticos del SIEC.
5. Mantener una comunicación fluida con todos los actores involucrados a fin de identificar problemas que surgieren durante los trabajos de campo y establecer estrategias coordinadas para solucionarlos.
6. Difundir y promocionar la implementación e importancia de la Verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Funciones y responsabilidades de la Dirección General de Supervisión Educativa:
1. Comunicar del operativo a realizarse a las instituciones educativas seleccionadas, conjuntamente con la Dirección General de Educación Inicial y Escolar Básica, la Dirección General de Educación Media y la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural.
2. Remitir las notas de comunicación, para la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC, a todas las Coordinaciones Departamentales de Supervisión para su posterior distribución a las instituciones educativas seleccionadas, obtener el acuse de recibo de las instituciones educativas seleccionadas y enviar a la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural.
Art. 10
4. Generar las condiciones propicias para la implementación del trabajo de campo, facilitando el medio de transporte, proveído en el marco del Programa de Reforma Educativa con Enfasis en la Educación Media, para facilitar la llegada a las instituciones educativas seleccionadas de su departamento.
5. Mantener una comunicación fluida con los actores involucrados a fin de identificar problemas que surgieren durante los trabajos de campo y establecer estrategias coordinadas para solucionarlos.
6. Difundir y promocionar la implementación e importancia de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Funciones y responsabilidades de las Unidades Departamentales de Estadísticas:
1. Trabajar coordinadamente con la Dirección General de Planificación Educativa y Cultural, Coordinaciones Departamentales de Supervisión, las Supervisiones Administrativas y Pedagógicas a fin de implementar el trabajo de campo.
2. Cumplir las orientaciones e instrucciones dadas por la Coordinación General para la Realización del trabajo de campo.
3. Administrar las Planillas de Verificación de Datos estadísticos recolectados por el SIEC, en todas las instituciones educativas seleccionadas, según las directrices dadas en el Instructivo de llenado de la Planilla de Verificación de Datos Estadísticos Recolectados por el SIEC.
4. Mantener una comunicación fluida con todos los actores involucrados a fin de identificar problemas que surgieren durante los trabajos de campo y establecer estrategias coordinadas para solucionarlos.
5. Realizar las estrategias con el único y exclusivo propósito de obtener la información requerida en la Planilla de Verificación de Datos Estadísticos recolectados por el SIEC, por lo tanto, queda prohibido de manera absoluta aprovechar las visitas para otros fines particulares (compra, venta, publicidad, encuesta de otras entidades, etc.) ajenos a este operativo y recibir remuneración alguna.
3. Garantizar la cooperación de todas las Coordinadoras Departamentales de Supervisión, de las supervisiones administrativas y técnicos pedagógicos en las actividades relacionadas al operativo de trabajo de campo.
4. Acompañar y colaborar en todo el proceso del operativo de trabajo de campo.
5. Mantener una comunicación fluida con todos los actores involucrados a fin de identificar problemas que surgieren durante los trabajos de campo y establecer estrategias coordinadas para solucionarlos.
6. Realizar el seguimiento y monitoreo a las Coordinaciones Departamentales de Supervisión, durante el proceso de comunicación y operativo de campo.
7. Difundir y promocionar la implementación e importancia de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC.
Funciones y responsabilidades de las Coordinaciones Departamentales de Supervisión:
1. Garantizar la ejecución de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC en su departamento, coordinando acciones con todos los actores involucrados.
2. Entregar, a través de los canales de las Supervisiones, las notas de comunicación de la verificación de datos estadísticos recolectados por el SIEC a todas las instituciones educativas seleccionadas que ofrecen Educación Inicial y Escolar Básica y/o Educación Media en su departamento, obtener el acuse de recibo de las instituciones educativas seleccionadas y enviar a la Dirección General de Supervisión Educativa.
3. Colaborar, conjuntamente con los supervisores administrativos y/o técnicos pedagógicos, aportando los datos requeridos para la ubicación de las instituciones educativas seleccionadas en su departamento.