VigenteRESOLUCION2012BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - SUPERINTENDENCIA DE BANCOSPY/LEGI/0CYD
Rendición de cuentas -- Modificación del Plan y Manual de Cuentas -- Modificación de la Cuenta 19010 339000.
VISTO: el artículo 34° de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay"; el Memorando SB. IAFN. SES. N° 210/2012, de fecha 03.10.2012 de Supervisión Extra Situ, la Providencia de la Intendencia de Análisis Financiero y Normas de fecha 08.10.2012, y; CONSIDERANDO: la necesidad de introducir modificaciones al Plan y Manual de Cuentas con el objeto de lograr una mejor exposición de las operaciones y adecuar el mismo al marco establecido por las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). En uso de sus atribuciones; EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS RESUELVE:
Art. 1
1) Modificar las Normas de Valuación de la Cuenta 19010 339000 Mejoras e Instalaciones en Inmuebles Arrendados, Grupo Cargos Diferidos, como sigue: "Las mejoras e instalaciones incorporadas a inmuebles arrendados, que queden en beneficio del propietario, tendrán un plazo de amortización acorde al periodo durante el cual se espera utilizar el activo amortizable por parte de la entidad, establecido en el contrato de arrendamiento.
La primera amortización se realizará en el mes siguiente al de la incorporación. Estas mejoras e instalaciones no deben ser revaluadas".
Art. 2
2) Adjuntar a la presente Resolución la hoja móvil correspondiente.
Art. 3
3) Comunicar a quienes corresponda y archivar.
NELSON DANIEL VALINETE SAUCEDO
SUPERINTENDENTE DE BANCOS
ORACLE EXP-0000-2012-015236.-
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